Expectativas 2023
Cada vez que inicia un nuevo año las expectativas generales y particulares son las más altas, pues se tiene la ilusión que todo puede llegar a ser mejor. Aunque no quiero ser pesimista, las circunstancias que se dan en la primera semana del 2023 no auguran algo positivo para el país en los 358 días que nos quedan.
Muchos celebraron la decisión de aumentar el salario mínimo en un 16 % y el subsidio de transporte en un 20 %. Sin embargo, el encarecimiento desproporcionado del costo de vida va a golpear fuertemente el bolsillo de los colombianos, por ejemplo: sube el impuesto a consumo 8%, la gasolina 13%, el transporte público en 12.5 %, peajes el 20 %, alimentos procesados el 25 %, tiquetes aéreos y hoteles hasta el 40 %, plataformas digitales el 20 %, el arancel a la ropa importada el 40 % y los arrendamientos pueden llegar hasta el 13.12 % según Fedelonjas.
Adicional a todo lo anterior, el Gobierno Nacional, responsable en buena parte del fuerte incremento de impuestos y de la desmedida inflación, en un acto de total improvisación emite una circular conjunta desde el Departamento Administrativo de la Función Pública -DAFP- y el Director De La Escuela Superior De Administración Publica -ESAP-, que tuvo que ser aclarada por Colombia Compra Eficiente, dio unos “lineamientos” sobre la contratación de prestación de servicios en el sector público recomendando entre otras: que los contratos de prestación de servicios no pueden exceder de cuatro (4) meses para que en ese tiempo, las entidades públicas preparen la ampliación de su planta de personal.
De acuerdo al DAFP, son mas de 910.000 los contratos de prestación de servicios que a corte noviembre de 2022 ha suscrito el Estado, es decir, que casi un millón de personas están contratadas por esta modalidad; entonces, al querer limitar la contratación de prestación de servicios con la intención de ampliar plantas de personal miles de personas se quedarían desempleadas, toda vez que, el costo de seguridad y prestaciones sociales es muy grande para que las entidades asuman ese gasto dentro de su funcionamiento.
Ahora bien, ya hablando en Derecho, una circular conjunta no tiene carácter vinculante, lo que significa que las entidades no tienen la obligación de cumplirla. Si desde el Gobierno Nacional quieren cambiar algún elemento del contrato de prestación de servicios, deben modificar la Ley 80 de 1993 que tiene por objeto disponer las reglas y principios que rigen los contratos de las entidades estatales, ante el Congreso de la República.
Nos siguen administrando dando tumbos, basados en especulaciones y con anuncios irrealizables. Así como ha sucedido con la extracción de hidrocarburos, con la “paz total”, con la compra del tierras, los subsidios y demás, son saltos al vacío que no vaticinan algo bueno para este año, ni para los que vengan.