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Tribunal impide construcción de lujoso edificio en El Vergel

El proyecto, que pretendía construir una edificación de 31 pisos, se cayó por graves problemas con la licencia de construcción.
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Ecos del Combeima
5 Jun 2024 - 8:14 COT por Juan Pablo Corredor

La construcción de una torre de apartamentos en el prestigioso sector de El Vergel, en la comuna Seis de Ibagué, que se encontraba 'en vilo' desde hace casi dos años y medio, se quedará en planos tras una reciente decisión del Tribunal Administrativo del Tolima.

Ecos del Combeima conoció en exclusiva el fallo del magistrado Carlos Arturo Mendieta en la que se deja en firme - en primera instancia - la decisión de la Secretaría de Planeación de Ibagué de 'frenar' el proyecto Sky Deluxe ante lo que parecía ser un incumplimiento de las normas urbanísticas.

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Y es que esta dependencia de la Alcaldía de Ibagué había decidido el 5 de noviembre de 2021 revocar la resolución por medio de la cual la Curaduría Uno 'daba luz verde' al proyecto con la licencia de construcción.

La decisión respondió en su momento, como lo registraron los medios de comunicación de la ciudad, a los reparos que tenía la Liga de Consumidores de este reconocido sector, la cual agrupa a un nutrido grupo de personas que veían vulnerados sus derechos en caso de que Sky Delux se hubiera construido.

Como la decisión no fue del agrado de Aranjuez Construcciones Inmobiliarias, la cual es la sociedad encargada del proyecto, esta decidido demandar la determinación de la Secretaría de Planeación, por lo que el caso llegó al Tribunal Administrativo del Tolima.

Los argumentos de la demanda se basaban en que la resolución que revoca la licencia de construcción fue proferida con "violación al debido proceso, carente de motivación, con infracción de las normas en las que debía fundarse y con violación al principio de igualdad".

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El magistrado ponente estudió estos asuntos y terminó inclinándose del lado de la comunidad, quienes argumentaban una posible ilegalidad en la entrega de la licencia de construcción.

De un lado, el extenso fallo establece que los planes que se tenían en el predio en el que se pretendía la construcción del edificio no podían prosperar.

Lo anterior, debido a que una estructura de 31 pisos destinados a vivienda multifamiliar no era compatible con lo definido en la licencia de urbanización y el desarrollo urbano establecido para el sector, con anterioridad al Plan Parcial Palma.

"Ineludiblemente, la construcción de una edificación de 31 pisos genera un incremento en el área construida, y así aparece reflejado en el acto administrativo en el que el Curador Urbano Uno de Ibagué inicialmente concedió la licencia de construcción (Resolución No. 73001-1-21-0290 del 25 de junio de 2021), en la que definió un total de área construida de 19.666.55 metros cuadrados, cuando en el acto de urbanización (Resolución 298 de 2002) solo se estableció un área neta urbanizable para el Lote B9 de 1848.18", se puede leer en el fallo.

De acuerdo con el testimonio de la comunidad, un edificio de tal altura y envergadura iría en detrimento de una óptima calidad de vida, por lo que se opusieron al proyecto desde el inicio.

"Se trata de una obra de alta complejidad constructiva que generaría un gran impacto de ocupación del espacio público, uso de vías de comunicación y en la prestación de servicios públicos en el sector", denunció uno de los propietarios de la zona.

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Tesis que termina aceptando el magistrado al concluir que cualquier obra sobre este lote "debe desarrollar su construcción bajo las condiciones iniciales de vivienda unifamiliar consideradas en la licencia de urbanización, al no existir otra que la modifique, de manera que no trascienda la capacidad tanto de movilidad, como la posibilidad de disfrute del espacio público efectivo, que evidentemente es diferente cuando se calcula para 9 unidades de vivienda, que para 100 apartamentos, circunstancia que se ve agravada con la vía de acceso al desarrollo urbanístico, en la medida que no serán solo vehículos para nueve familias y sus visitantes, sino para una población considerable".

Y termina diciendo: "Esto sin ahondar en otros ítems como vías peatonales, bahías de parqueo, aislamientos, disponibilidad de servicios públicos, normas estructurales; de manera que resulta más que claro que las normas aplicables impiden aprobar la licencia de construcción del proyecto Sky Deluxe".

De acuerdo con el abogado Julio César Montañez, el fallo permite concluir que las otras torres de elevada altura que se construyeron en el sector, no debieron existir.

"Lo que pasa es que, afortunadamente, con la acción y colaboración de la Liga de Consumidores de El Vergel (…) iniciamos la lucha para evitar que, por lo menos, se sigan construyendo", dijo Montañez en entrevista con Ecos del Combeima.

Finalmente,  el abogado puso sobre la mesa la discusión de que las decisiones de las Curadurías podrían verse influenciadas, aparentemente, por intereses personales en la medida en que estas cobran con base en metros construidos.

"Entonces, a una Curaduría le interesa que alguien le presente un proyecto de 19.000 metros construidos y una torre de 31 pisos. Obviamente, el costo de la licencia es sumamente elevado. Si en su lugar le presentan una construcción de una casa de dos pisos, ¿qué honorarios se van a generar?", concluyó.