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Sepa cómo aprovechar la ampliación de subsidios de vivienda este 2023

El Ministerio de Vivienda aseguró que la asignación para los hogares que solicitan subsidio, se dió entre finales de 2022 y a comienzos de 2023, el cual aportará hasta 30 salarios mínimos a cada beneficiario, de acuerdo al incremento del SMLV.
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14 Ene 2023 - 10:11 COT por Ecos del Combeima

Mientras que el Gobierno Nacional confirma los recursos para garantizar la continuidad de los subsidios de vivienda, programa que desde administraciones anteriores brinda un alivio a miles de colombianos, las empresas constructoras  asesoran a las familias para que sean cada vez más los propietarios.

El subsidio Mi casa Ya, ha contribuido a que 138 compradores de Cusezar puedan aportar a su cuota inicial, o amortiguar la tasa de interés del crédito manejado con la entidad financiera elegida.

Han sido 436 las familias en Bogotá y 217 en Cali, las que cuentan con vivienda propia a través de la adquisición de subsidios, de acuerdo a las ventas que tuvo Cusezar en 2022. En lo que respecta a Bogotá, fueron 8 familias las que han escriturado sus viviendas al haberse beneficiado con el subsidio de Gobierno Mi casa Ya y 428 a través de los subsidios de cajas de compensación; en Cali, ahora son 130 los propietarios a través Mi Casa Ya y 87 a través de subsidios de concurrencia de las cajas.

“Este año en el que se amplía el rango de beneficiados y se incrementa la cobertura de las viviendas, estaremos para asesorar a familias y personas hacia diferentes alternativas, lo que nos impulsa a mantener las acciones hacia la disminución de brechas de desigualdad, acercándonos a la construcción de ciudades más equitativas a través del acceso a la vivienda”, afirma Susana Peláez, gerente general de Cusezar. 

Mi Casa Ya busca beneficiar a hogares que tengan ingresos inferiores a 4 SMMLV. Estos hogares podrán obtener un subsidio monetario de 30 SMMLV o de 20 SMMLV , dependiendo de sus ingresos, para comprar su vivienda. 

Además, recibirán una cobertura a la tasa de interés de 5 puntos porcentuales para viviendas de interés prioritario que no superen los 90 SMMLV y de 4 puntos porcentuales para viviendas de interés social de hasta 135 SMMLV  o de hasta 150 SMMLV para aglomeraciones urbanas cuya población supere un millón de habitantes.