“La jueza determinó negarle las pretensiones al tutelante por existir otros mecanismo para obtener la posesión”: William Rosas
Una nueva respuesta se conoció sobre el caso que envuelve la posesión del Personero de Ibagué, en esta oportunidad se trata del fallo emitido por la jueza segunda municipal, Dora Alicia Salas, en el cual determinó en palabras del presidente del Concejo, William Rosas, negar las pretensiones de la tutelante por existir otros mecanismo para obtener dicha posesión donde su esposo Efraín Hincapié ha ganado el concurso de méritos para ocupar el cargo.
En diálogo con Ecos del Combeima, Rosas explicó que, “por un lado se le negó el recurso porque primero, no se le estaban vulnerando los derechos al menor, como lo manifestaba la esposa de Efraín Hincapié, Diana Marcela Cuartas, y segundo porque ya hay en curso otros mecanismos que están solicitando la posesión de personero de la ciudad”.
“Es de recordar que en estos temas de las tutelas quedan agotados todos los mecanismos o herramientas, es así como frente a este caso está procediendo un tránsito normal que es el cronograma del tema de solicitud de información del Departamento Administrativo de la Función Pública”, aclaró Rosas.
El cabildante dijo además, “que si bien es cierto es resorte del Concejo hacer el nombramiento de personero este lo debemos hacer en calidad del reglamento, de la ley y la constitución, es por eso que estamos esperando una respuesta para dar la respectiva designación si es el caso y no la mesa directiva como pensaban, siempre es el Concejo el que designa y la mesa la que posesiona”.
Puntualizó que ya es la segunda ocasión que a través de tutela se le da respuesta a los recursos sobre el proceso de posesión de personero a Efraín Hincapié, “por ello estamos esperando que el Consejo se pronuncie por medio de una citación normal en las sesiones ordinarias de la Corporación”.
¿Para cuándo la posesión?
Al parecer la posesión de personero de Ibagué quedaría para el mes de marzo cuando se inicien las sesiones ordinarias en el Concejo de la ciudad, o antes si llega algún pronunciamiento de algún juzgado.
“Hasta el momento dicha decisión sería tomada en el periodo habitual de la Corporación a no ser que se conozca antes alguna disposición de un juzgado, de un órgano de control, o misiva por parte del Ministerio del Interior o del Departamento Administrativo de la Función Pública”, concluyó William Rosas.