CR presenta 'mico con cara de orangután' para prorrogar gobierno de alcaldes y gobernadores en Colombia hasta 2022

La bancada Cambio Radical vuelve a insistir con la iniciativa de prorrogar por dos años más los períodos de los alcaldes y gobernadores de Colombia; aunque el artículo no está aprobado ya ha generado diversas posiciones.
Este martes 9 de octubre será radicado por la colectividad ante el Congreso de la República.
Recordemos que el documento tiene como finalidad modificar o reformar por completo el artículo 261 de la Constitución Política así:
"Los períodos de todos los gobernadores, diputados, alcaldes, concejales y ediles cuya elección o designación, según sea el caso, se efectuó antes de la vigencia del presente Acto Legislativo, así como de los designados con posterioridad a esa fecha, continuarán en sus funciones hasta el 24 de julio de 2022.
Sus sucesores se elegirán en el año 2022 para el período constitucional, que iniciará el 25 de julio de ese año. En todo caso, los períodos de gobernadores y alcaldes deberán coincidir con el del presidente de la República".
Los ponentes
Aparece un tolimense como ponente, Juan Carlos Wills del Partido Conservador, también están en la lista respaldando lo que podría llegar a denominarse un proyecto de Ley; Jaime Rodríguez de Cambio Radical, José Jaime Uscátegui del Centro Democrático, Juan Carlos Rivera del Partido Conservador y Jorge Eliécer Tamayo del partido de la U.
¿Qué se busca?
Según las versiones que se han generado dentro y fuera del Capitolio Nacional es que los proponentes de esta iniciativa buscan ampliar en que aquellas personas que ostenten un cargo público como alcaldes, gobernadores, diputados y concejales, su periodo constitucional, además que este deberá estar alineadas con las del jefe de Estado y no a destiempo como lo están ahora donde se están generando conflictos en la consecución de recursos para que las regiones avancen y se fortalezcan.
El documento también expone su objetividad y conveniencia de la siguiente manera:
“El objetivo de la presente reforma constitucional es solucionar un problema estructural del diseño institucional del Estado colombiano que tiene que ver con los mandatos constitucionales sobre la planeación económica en todos los niveles. Sin lugar a duda, uno de los propósitos del constituyente de 1991 fue el de profundizar sobre las ideas de planeación económica, que ya había echado raíces desde la reforma de 1968”.
Frente al tema de afectación en el desarrollo estatal la iniciativa puntualiza que:
“Teniendo en cuenta la falta de coincidencia cronológica de los períodos de las autoridades de elección popular, siempre vamos a encontrar unas elecciones parlamentarias y presidenciales en la mitad del mandato de las autoridades territoriales, que terminan por afectar el normal desarrollo de los programas y proyectos que se están ejecutando conforme a los planes seccionales y territoriales de planeación. En primer lugar, por el desarrollo de las propias campañas electorales que terminan por politizar las administraciones públicas o bien por la pretensión de algunos actores políticos de involucrarlas indebidamente a favor o en contra de alguna de ellas. No son pocas las acusaciones que se presentan en épocas electorales sobre la neutralidad o imparcialidad de los funcionarios o autoridades públicas, por ejemplo, las denuncias sobre indebida participación en política”.
Con referencia a las dificultades en los costos de los procesos y la sostenibilidad fiscal los ponentes aseguran que:
“Los altos costos fiscales de los procesos electorales dispersos afectan de manera desproporcionada la sostenibilidad fiscal, la cual es considerada por el artículo 334 de la Constitución Política y por reiterada jurisprudencia de la Corte Constitucional como un “instrumento para alcanzar de manera progresiva los objetivos del Estado Social de Derecho” (artículo 334 CPC). El presente proyecto de acto legislativo reduce de manera significativa dichos costos fiscales y, por lo tanto, contribuye al objetivo de garantizar la sostenibilidad fiscal, entendida como mecanismo para la materialización del Estado Social de Derecho en Colombia”.
Sobre los partidos políticos manifestaron los militantes de Cambio Radical dejaron claros que también los benefician porque el recurso a emplear para las campañas políticas disminuye
“En efecto, disponer de un solo año electoral tiende a que dichas agrupaciones políticas puedan maximizar sus recursos humanos, técnicos y financieros que deben desplegar para encarar campañas electorales, y que los mismos puedan ser utilizados para el cumplimiento de las demás funciones que se les asignan a los partidos políticos en las democracias modernas”.
Conozca aquí todo proyecto y su justificación.