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En Golpes de Opinión se analizó la aprobación del Estatuto de Oposición

Considerada para muchos como una apertura a la democracia y la paz del país. Dicha ley fue sancionada este 9 de julio por el presidente de Colombia, Juan Manuel Santos Calderón. En otras palabras la garantías para aquellas personas que no están de acuerdo con el gobierno de turno.
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Ecos del Combeima
9 Jul 2018 - 19:34 COT por Ecos del Combeima

 

En horas de la tarde fue sancionada por el mandatario nacional, Juan Manuel Santos, el Estatuto de Oposición, Ley 1909 de 2018, que para muchos además de ser un paso más hacia la paz y la democracia, es una ley que le servirá para hacerle una completa oposición al gobierno entrante del presidente electo, Iván Duque.

De acuerdo a ello el primero en manifestarse fue el presidente de Colombia, quien públicamente expresó que: Ese Estatuto no es otra cosa que una serie de garantías mínimas para que todos los partidos en antagonismo político e ideológico con el gobierno de turno –y los gobiernos locales– ejerzan con total libertad –y en igualdad de condiciones– sus derechos democráticos”.

Santos Calderón este lunes 9 de julio dijo además que el Estatuto le reconoce a la oposición la financiación y el acceso a medios del Estado, así como seguridad política, jurídica y personal, y participación en mesas directivas de corporaciones públicas y en la Comisión Asesora de Relaciones Exteriores.

Pero en la mesa de trabajo de Golpes de Opinión de Ecos del Combeima en compañía del analista político, Jorge Enrique Palacios, Oscar Pardo, militante de la Alianza Verde y Juan Guillermo Hernández, profesional en Derecho y docente universitario, se habló de que se trata de un camino que está ligado a la paz y de darle garantías a la oposición en el marco de los procesos de paz que se dieron en La Habana.

Aunque muchos ya en los ‘mentideros políticos’ se han manifestado indicando que son las primeras ‘trabas’ al gobierno presidencial del Centro Democrático.  

De acuerdo a ello el primero en expresarse fue Juan Guillermo Hernández, profesional en Derecho, quien manifestó que son unos avances mínimos pero seguros para la democracia del país.

“Son unos avances incipientes pero sin lugar a dudas es un primer pequeño paso para lo que serían las garantías a los sectores de oposición que sin lugar a dudas durante todas estas décadas después de la Constitución del 91 se encontraban falta de blindaje, sin garantías, abandonadas de gozar de los cimientos de ese derechos fundamental a la oposición”.

Acotó que dicha Ley 1909 de 2018 ratifica ese carácter fundamental de la oposición política en Colombia.

En audio la primera parte de este análisis en Golpes de Opinión. Escuche aquí.

Por su parte Óscar Pardo, militante de la Alianza Verde, agregó que para él este es un nuevo paso en la constitucionalidad, a pesar de que se ve un poco tardía ya que está apoyada en la Constitución del 1991.

“Desde esa época las minorías de este país vienen pidiendo las garantías constitucionales para poder ejercer como se debe la oposición y debo decir además que luego de este año, 2018, a mitad del mismo se logra que la oposición ahora si pueda opinar sobre las acciones de gobierno no solo en sus círculos sociales y políticos sino que ya se lo puede contar al país”.    

¿Alianza Verde en contra de Duque?

Con esta nueva Ley, se le preguntó a Óscar Pardo como docente universitario si de ahora en adelante su partido, Alianza Verde, hará una posición de frente con el presidente electo, Iván Duque, a lo que indicó que sí.

“Por supuesto que las directivas del orden nacional tendrán que reunirse con el gran combo que se llamó Coalición Colombia, donde está el Polo y Compromiso Ciudadano, donde deberán definir si hacen oposición activa al gobierno de Iván Duque o va a esperar la actuación del mismo”.

A ello se le suma el análisis de Juan Guillermo Hernández, profesional en Derecho, manifestando que el ex candidato presidencial, Gustavo Petro será uno de los principales actores a esa oposición.

“Sin lugar a dudas sino lo hace sería desaprovechar una oportunidad de oro, máxime cuanto tiene la representación de 8 millones de electores que los apoyaron, es decir unos verdaderos opositores, y eso los hace unos voceros casi que naturales para este cuatrienio”.

Ambos analistas en la mesa de Golpes de Opinión, expresaron que no se está respetando la opción en el territorio colombiano y esperan que con esta Ley se lleven todos los procesos a cabalidad.

Derechos de la oposición:

De acuerdo a esta nueva Ley los opositores tendrán entre sus derechos financiación adicional para el ejercicio de la oposición, acceso a los medios de comunicación del Estado o que hacen uso del espectro magnético, acceso a la documentación oficial derecho a la réplica, entre otras.

Explicando estos derechos Óscar Pardo, dice que son definitivamente las garantías que tiene las minorías especialmente en las corporaciones públicas en la primera y segunda vicepresidencia y que desde algún tiempo atrás ya venían marchando.

“A mí lo que me parece interesante de lo que hoy se aprueba es que la oposición por primera vez tiene la capacidad de debatir y saber realmente que está haciendo el gobierno”.  

Aquí el debate completo entre Juan Guillermo Hernández y Óscar Pardo sobre la oposición en los cargos de elección popular en un periodos constitucional.

Mientras que Juan Guillermo Hernández, puntualizó, que “aquellas personas que fueron elegidas para un cargo por elección popular, se debe decir que tiene dos caminos, uno, es solamente para alimentar su orgullo o su ego o dos, precisamente para construir por el contrario toda una propuesta alternativa y diferente a la ‘gobiernista’ de turno. Yo lo que creo es que se presenta una oportunidad importante para que los ejercicios de oposición de los gobierno de turno se consoliden”.

Tenga en cuenta:

Con la sanción del Estatuto de la Oposición, finalmente el Estado colombiano cumple con una promesa de la Constitución de 1991. Sólo después de 27 años, un Gobierno Nacional tomó la decisión política y se logró contar con una ley que determine los derechos, garantías y acciones para la oposición.

Los movimientos políticos deberán declararse en oposición, de gobierno o independientes en el mes siguiente al inicio del Gobierno.

Derechos:

 • 5% adicionales de financiación entre todos aquellos que se declaren en oposición.

 • 30 minutos mensuales en medios de comunicación. Será la autoridad electoral quien defina su distribución.

• Espacio de 20 minutos el día de instalación de la sesiones del Congreso de la República, a cargo del presidente de la República.

• Podrán controvertir las alocuciones presidenciales dentro de los 2 días siguientes y en los mismos términos que estas se hubiesen realizado. Este derecho se podrá ejercer máximo 3 veces al año.

• Establecerán el orden del día durante 3 días de las sesiones del Congreso en cada legislatura.

• Un puesto en la mesa directiva de las plenarias de las Corporaciones Públicas.

• Derecho de réplica frente a tergiversaciones graves y evidentes o ataques públicos proferidos por el Presidente de la República, ministros, gobernadores, alcaldes, secretarios de despacho, directores o gerentes de entidades descentralizadas y por cualquier otro alto funcionario oficial. Se le deberá dar la posibilidad de responder en forma oportuna, y con tiempo, medio y espacio por lo menos iguales.

 • Tendrán al menos una de las posiciones en la mesa directiva de las plenarias del Congreso.

 • Determinar el orden del día de la sesión plenaria y comisiones permanentes, tres (3) veces durante cada legislatura del Congreso

 • Transparencia en cuentas del Plan de Desarrollo.

 • Gobierno deberá hacer público en los portales web institucionales los programas y proyectos que se pretendan ejecutar.

 • Deberán publicarse las modificaciones o adiciones a su articulado presentadas en el trámite de la construcción de dichos planes plurianuales y los congresistas, diputados y/o concejales autores de las mismas.

 • Quienes hagan parte de movimientos en oposición no podrán ser designados en cargos del gobierno, ni siquiera dentro de los 12 meses siguientes a su renuncia al movimiento político.

 • Se crea la acción de protección de los derechos de oposición, el cual deberá resolverse por la autoridad electoral en unos términos similares a la tutela.

Como último punto en Golpes de Opinión se debatió el papel de los partidos en la oposición y que de acuerdo a Juan Guillermo Hernández, que los partidos ‘gobiernistas’ no solo la digieran, sino que además la entiendan y lo primordial que la respeten.

“En la democracia no solo es gobierno de la mayoría, es ante todo el respeto a las minorías, es así como en ese sentido se promulga este tipo que garantizan los derechos de aquellos que logran ir contra corriente de los establecimientos, de esas organizaciones que logran acceder y quedarse con el control político”.  

Concluyó diciendo que está nueva Ley no puede ser un saludo a la bandera, sino que debe estar llena de retos por el país, “para revisar el verdadero talante de nuestros dirigentes”.

Con respecto a las intervenciones de las alocuciones presidenciales Óscar Pardo dejó claro que estas se podrán interrumpir por la oposición.

“A mí eso me parece dos importantes en do sentidos; primero gana la ciudadanía, ya que no solo vera la problemática desde un punto de vista, el estatal, sino que vera el punto de vista de la oposición y dos puede terminar ganado el gobierno ya que algo que le ha faltado a los gobiernos ha sido escuchar la oposición”.

En este link esta la entrevista completa de la tercera parte de Golpes de Opinión con el análisis de Óscar Pardo y Juan Guillermo Hernández.