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En manos del Consejo de Estado excarcelación de 23 cabecillas presos en cárcel de Medellín

El gobernador de Antioquia, Andrés Julián Rendón interpuso ante el tribunal una acción de nulidad contra la libertad de esos reclusos.
Imagen
Andrés Julián Rendón, gobernador de Antioquia.
Crédito
Archivo
6 Abr 2026 - 15:02 COT por Alfonso Aya Roa

Será definitivamente el Consejo de Estado quien decida si se da libertad temporal a 23 presos considerados cabecillas de grupos delincuenciales, presos en la cárcel de Medellín y que fue solicitada por el Gobierno dentro de su política de paz total.

Para el efecto, el gobernador de Antioquia, Andrés Julían Rendón, interpuso ante el Consejo de Estado una acción de nulidad para impedir la salida de estos 23 cabecillas de la delinciencia nacional que se encuentran recluidos en la cárcel de Medellín.

En su diligencia en el Palacio de Justicia de Bogotá, donde el gobernador Rendón interpuso el recurso ante el Consejo de Estado, señaló que “Confiando en las instituciones, esperamos que la medida cautelar permita suspender de inmediato los efectos de esa resolución, y evitar, en consecuencia, un perjuicio irremediable, además de reactivar las órdenes de captura y frenar los beneficios que les concedió Petro como salir de la cárcel y moverse con libertad por toda el área metropolitana, Rionegro y Bogotá”.

Agregó el mandatario departamental que “Estamos ante un acto administrativo con vicios graves: vulneró la Constitución, especialmente principios como la legalidad, la separación de poderes y el derecho de las víctimas al acceso a la justicia. Es inadmisible pero al mismo tiempo muy predecible que esto ocurra en medio de la contienda electoral, a pesar de los riesgos advertidos al respecto. El país conoce lo que ocurrió cuando dejaron en libertad a ‘Calarcá’, hemos padecido las consecuencias de esa decisión del gobierno Petro y de la fiscal Camargo”, 

La solicitud elevada de levantar las medidas cautelares a los líderes de las bandas criminales, ante la rama judicial fue presentada por la propia fiscal general de la Nación, Luz Adriana Camargo, y tiene una vigencia inicial de seis meses prorrogables, aplica en zonas como el Valle de Aburrá, Rionegro y Bogotá, y cobija a voceros de estructuras armadas organizadas del crimen de alto impacto que participan en el Espacio de Conversación Socio-jurídico en la cárcel de Itagüí, así como a otros que ya se encontraban en libertad tras cumplir sus condenas.

En este momento están en libertad Gustavo Adolfo Pérez Peña, alias ‘El Montañero’; Albert Antonio Henao Acevedo, alias ‘Alber’; Andrés D’maría Oliveros Correa, alias ‘Mundo Malo’; Jhon Fredy Yepes Hoyos, alias ‘Clemente’; Mauricio de Jesús Morales Múnera, alias ‘El Abogado’; Fredy Alexánder Henao Arias, alias ‘Naranjo’, y Rodrigo Henao Acevedo, alias ‘Perica’.

En consecuencia, el tribunal deberá decidir si admite la acción interpuesta para su estudio, como primer paso implica verificar que cumplan con los requisitos formales y sustanciales exigidos para las acciones de nulidad.

Tras la admisión, se abre la posibilidad de que los demandantes soliciten una medida cautelar de suspensión provisional del acto administrativo, con el fin de que la resolución deje de producir efectos mientras se adopta una decisión de fondo. Este mecanismo ya ha sido aplicado en otros casos, como ocurrió con la resolución que fijó el salario mínimo para 2026, en la que el tribunal suspendió temporalmente sus efectos mientras analizaba su legalidad.

La eventual suspensión provisional no implica una decisión definitiva, sino una medida preventiva que se adopta cuando existan indicios de que el acto podría vulnerar normas superiores. En este caso, el Consejo de Estado evaluaría los argumentos presentados por los demandantes frente a la legalidad de la decisión de la Fiscalía.