Matrimonio infantil en Colombia: Alto Tribunal se inhibe de declararlo inconstitucional

La Corte Constitucional se refirió al matrimonio infantil en Colombia y sostuvo que por el momento no se tomará ninguna decisión en torno a la demanda interpuesta por el abogado Camilo Ernesto Ortega en agosto del año pasado.
La demanda argumenta que el artículo 140 del Código Civil y el artículo 53 de la ley 1306 de 2009 acaban vulnerando el derecho a la vida y la salud (física y mental) de las niñas y mujeres. Además, expone que el matrimonio infantil acaba violando el derecho de las niñas y niños a recibir una educación adecuada y completa.
Sin embargo, el Alto Tribunal aseguró a través de una nota de prensa que no es posible hacer control judicial sobre una demanda que fue interpuesta el año pasado sobre el matrimonio infantil y mencionó que, la decisión de declararla inconstitucional fue adoptada "por ineptitud sustantiva de la demanda".

Cabe destacar que, es una nota netamente informativa y que la discusión también recoge un tema de fondo como es la posible explotación de menores de edad.
Es de anotar que, respecto al proceso que cursaba ante la Corte, el Ministerio de Salud y del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF) habrían emitido conceptos favorables y a su vez, la Procuraduría había exhortado al Congreso a "prevenir, erradicar y superar los efectos de los matrimonios y uniones entre niños y adolescentes".