Instan al Gobierno a respetar contratos en concesión
La Cámara Colombiana de la Infraestructura, en cabeza de su presidente ejecutivo, Juan Martín Caicedo Ferrer, hace una advertencia sobre los riesgos institucionales, jurídicos y económicos que se derivan del reciente anuncio del Gobierno nacional, relacionado con la eventual terminación anticipada del contrato de concesión Autopistas del Café.
La posibilidad de intervenir unilateralmente un contrato vigente, con obligaciones cumplidas y resultados virtuosos, genera un alto nivel de incertidumbre que compromete la seguridad jurídica de la contratación pública y la estabilidad de las reglas que rigen la infraestructura.
Un contrato vigente bajo el foco de la incertidumbre
Autopistas del Café es una concesión de primera generación vigente hasta 2027, con un cumplimiento contractual del 100 %, calificaciones técnicas superiores a las exigidas por el contrato y sin requerimientos de recursos públicos. En los últimos años ha ejecutado obras y diseños adicionales por valor de $310.000 millones, previa concertación con la Agencia Nacional de Infraestructura (ANI) y los departamentos del área de influencia, conforme a los mecanismos contractuales establecidos.
“Los contratos de concesión no son instrumentos discrecionales. Son acuerdos jurídicamente vinculantes que deben respetarse mientras estén vigentes y cumplan con las condiciones pactadas”, señaló Caicedo Ferrer.
Infraestructura y desarrollo regional
Autopistas del Café ha integrado el Eje Cafetero, ha contribuido a la generación de más de 56.000 empleos directos e indirectos y ha sido un soporte para sectores como el turismo, la agroindustria, el comercio y la logística regional.
Asimismo, ha permitido reducciones significativas en tiempos de desplazamiento, costos operativos y niveles de siniestralidad vial, con efectos tangibles sobre la competitividad y la calidad de vida de los usuarios. La interrupción anticipada de un esquema que hoy opera en condiciones técnicas óptimas, sin un modelo alternativo de financiación, operación y mantenimiento claramente definido, supone riesgos para la continuidad y sostenibilidad de esta infraestructura.
Las consecuencias contractuales para el Estado
Desde el punto de vista jurídico, los contratos de concesión están amparados por la Constitución, la ley y la jurisprudencia. Una eventual terminación anticipada unilateral, sin la existencia de una causal legal objetiva y debidamente acreditada, activa las cláusulas contractuales previstas para estos eventos, lo cual incluye compensaciones e indemnizaciones a cargo del Estado.
Estas consecuencias tienen impacto directo sobre las finanzas públicas y sobre la planeación presupuestal, y han sido reiteradas tanto en el marco contractual como en las decisiones de tribunales de arbitraje.
Advertencia a los funcionarios públicos
Las actuaciones dirigidas a una eventual terminación anticipada de contratos de concesión deben ceñirse estrictamente al marco constitucional, legal, contractual y jurisprudencial vigente, dado que las decisiones de los servidores públicos en esta materia producen efectos jurídicos y fiscales.
La ausencia de sustento técnico, jurídico o financiero puede dar lugar a investigaciones fiscales, disciplinarias y penales contra los funcionarios que promuevan, autoricen o ejecuten tales decisiones, por eventuales perjuicios al Estado o desconocimiento del principio de legalidad.
Un llamado a la responsabilidad institucional
Finalmente, la Cámara Colombiana de la Infraestructura reitera que el respeto por los contratos es una obligación del Estado y una garantía para los ciudadanos. La estabilidad jurídica constituye un activo esencial para la inversión de largo plazo, la ejecución de proyectos estratégicos y el desarrollo regional.
“La discusión sobre el futuro de la infraestructura debe darse con rigor técnico, responsabilidad jurídica y visión de largo plazo, en defensa del interés general y del adecuado funcionamiento de las instituciones”, remató el presidente del gremio.