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Ibagué
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Alcaldía de Ibagué le da el primer golpe al POT de Luis H. y Juan Gabriel Triana

Derogada circular 001 que permitía cambiar el uso residencial primario en el sector de Calambeo. La incertidumbre que se genera con esta importante decisión de la Secretaría de Planeación de Ibagué es qué va a pasar con la licencia de urbanismo entregada por el curador urbano uno, Manuel Medina, para una clínica nueva en este sector.
27 Oct 2016 - 8:39 COT por Ecos del Combeima

La Alcaldía de Ibagué le da el primer golpe al POT de Luis H. y Juan Gabriel Triana al revocar la primera circular del decreto 0823 que permitía la construcción de una nueva clínica en el sector de calambeo al modificar el uso para permitir actividades institucionales como el comercio en un sector cercano a los cerros tutelares que se ha caracterizado por su tranquilidad.

Indica la circular:

El objetivo de la presente circular es dejar sin efectos jurídicos la circular GPOT-2015-001 del 3 de marzo de 2015, por en contra del POT del municipio de Ibagué, adoptado mediante el decreto 1000-0823 de 2014, por razones técnicas, jurídicas y de competencia para reglamentar los usos de suelo del municipio de Ibagué. 

Ya en días pasados la Secretaría de Planeación de Ibagué había revocado la licencia de construcción de una nueva clínica en el predio del antiguo restaurante San Sebastián radicado en la curaduría urbana número uno.

El caso se desató desde el año 2015 cuando el señor Roberto Ruiz Cortes residente de este barrio se opuso a la construcción de la misma porque estaría ubicada en los condominios de la comunidad, lo cual sería una gran fuente de polución.

Vale la pena resaltar que el sector ya cuenta con la Clínica Calambeo o Instituto de Corazón de Ibagué, de la Fundación Cardiovascular de Bucaramanga, la cual fue impulsada por Guillermo Jaramillo cuando fue gobernador del Tolima en el 2001.

¿Qué pasa con las Curadurías?

La incertidumbre que se genera con esta importante decisión de la Secretaría de Planeación de Ibagué es qué va a pasar con la licencia de urbanismo entregada por el curador urbano uno, Manuel Medina, argumentada con anterioridad con esta circular derogada el 13 de octubre. 

En lapso no superior a tres meses contados a partir de la entrada de en vigencia de la presente circular, se expedirá la reglamentación de los corredores viales para el suelo urbano del municipio de Ibagué. Mientras dicha reglamentación no haya sido expedida, continuará vigente los establecido en el Acuerdo Municipal 009 de 2002 con respecto a los corredores viales.