Alcaldía de Ibagué permitió la atención en mesa para restaurantes y establecimientos gastronómicos
Mediante el Decreto 1000-0364 del 11 de julio del 2020, la Alcaldía de Ibagué le dio vía libre al plan piloto a través del cual se les permite a los restaurantes y establecimientos gastronómicos la atención presencial en mesa.
"Los horarios de cierre para el presente sector deberán respetar los toque de queda decretados o se que llegasen a decretar, y los clientes estarán exceptuados de la medida de pico y cédula contemplada en el Artículo 8 del Decreto 1000-0306 del 1 de junio del 2020", especifica el documento expedido por el Gobierno Municipal.
Del mismo modo, se estableció que cada local únicamente podrá funcionar hasta con el 30% de su aforo, respetando los protocolos de bioseguridad y garantizando el distanciamiento interno para evitar posibles focos de contagio.
Es importante señalar que los restaurantes podrán tener este servicio, siempre y cuando estén registrados en la plataforma web con su plan de acción para esta modalidad de compra. Las empresas que no posean esto, podrán hacer su inscripción en: www.ibague.gov.co/reactivacion-economica.
Otras de las medidas ordenadas por la Alcaldía son: cada mesa deberá contar con un dispensador de alcohol en gel antibacterial, no se podrá disponer de espacios de espera, las cajas se tendrán que separar del cliente mediante un acrílico y los pagos necesariamente deberán realizarse a través de un mesero.
Aval para las iglesias
Con respecto a los centros religiosos, también existe una serie de indicaciones específicas orientadas a evitar la propagación del COVID-19, máxime cuando durante los cultos se llevan a cabo tradiciones que involucran el contacto físico:
• Se prohíbe la asistencia de personas mayores de 70 años, o que padezcan enfermedades cardiovasculares o crónicas, sin importar su edad.
• Sustituir abrazos, besos y apretones de manos por una reverencia, con el fin de evitar el contacto físico.
• Evitar tocar o besar objetos de culto o devoción que la comunidad esté acostumbrada a manipular colectivamente.
• No se podrá suministrar folletos, revistas, objetos y demás elementos comunes relacionados, antes, durante ni después del evento religioso.