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Gobierno aprueba el pico y cédula para compra de alimentos en Ibagué

El Decreto 1000-0216, establece nueva reglamentación para el cumplimiento de estas medidas extraordinarias que irán desde el martes 24 de marzo hasta el 13 de abril, con el fin de prevenir la propagación del virus.
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Alcaldía de Ibagué
23 Mar 2020 - 14:57 COT por Ecos del Combeima

Para evitar aglomeración y generar condiciones favorables para los ciudadanos durante el aislamiento obligatorio, habrá limitaciones con el último dígito de la cédula para el abastecimiento.

Para evitar la concentración masiva de personas y garantizar iguales condiciones para que todos los ciudadanos puedan abastecerse durante el periodo de aislamiento preventivo, la Alcaldía de Ibagué implementará el pico y cédula para la compra de alimentos.

El Decreto 1000-0216, establece nueva reglamentación para el cumplimiento de estas medidas extraordinarias que irán desde el martes 24 de marzo hasta el 13 de abril, con el fin de prevenir la propagación del virus.

Los ibaguereños deberán realizar la compra de víveres y productos de primera necesidad, de acuerdo al último número del documento de identidad:

Lunes – mañana: 0,1

Lunes – tarde: 2,3

Martes – mañana: 4,5

Martes- tarde: 6,7

Miércoles –mañana: 8,9

Miércoles- tarde: 0, 1

Jueves – mañana: 2,3

Jueves – tarde: 4,5

Viernes – mañana: 6,7

Viernes – tarde: 8,9

Sábado – mañana: 0,1,2

Sábado - tarde: 3,4

Domingo - mañana: 5,6,7

Domingo – tarde 8 -9

Los horarios permitidos para la compra de víveres serán: de 8: 00 a.m. a 12 p.m. y de 2:00 p.m. a 6:00 p.m. presentando el documento original, amarillo con hologramas. La población campesina podrá abastecerse durante los días viernes, sábado y domingo sin restricción en el número de terminación de la cédula de ciudadanía.

Establecimientos comerciales de enseres básicos para la vida cotidiana como lo son farmacias, supermercados, centros de atención como lavanderías, veterinarias, servicios agropecuarios y de alimentación, funcionarán con normalidad.