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“El contrato para elegir personero también debe ser revocado”: Luis Felipe Aranzalez

El abogado que advirtió los líos jurídicos que le traería al Concejo el contrato para elegir al contralor, ahora anuncia que la mesa directiva no puede continuar adelante con este proceso. Plenaria anuncia que se apartaría del proceso si no se revoca el contrato.
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Ecos del Combeima
19 Nov 2019 - 14:34 COT por Ecos del Combeima

El presidente del Concejo de Ibagué, Marco Tulio Quiroga, anunció la semana anterior que logró un acuerdo con la Corporación Centro de Consultoría Investigación y Edición Socioeconómica para terminar bilateralmente el contrato para el proceso de elección de contralor de Ibagué.

Pero según Quiroga lo que si se mantendrá será el contrato para adelantar el proceso de elección del personero, situación que ha generado en los últimos días una dura controversia en el cabildo ibaguereño.

 

 

Y es que la plenaria del cabildo ibaguereño ya advirtió que de persistir tanto el contrato y la convocatoria, se apartan del proceso, incluso en diálogo con Econoticias el concejal Víctor Ariza anunció que lo hará, además esta redacción conoció que en las próximas horas presentaría una carta confirmando su decisión.

“El contrato para elegir personero también debe ser revocado de forma bilateral o unilateral pero no puede continuar”: Abogado Luis Felipe Aranzalez.

“La elección de personero debe regirse por el decreto 1083 de 2015, allí se establece que se puede contratar a una institución como esta que tenga experiencia, habrá que consultar si cumple con los parámetros, pero la contratación directa si es discutida, toda vez que a diferencia de la elección del contralor municipal, la norma delegó como tal la oportunidad de contratar de forma directa en el aviso de convocatoria, pues en este caso no lo hizo, por tanto se somete a las reglas de contratación estatal y como se trata de una entidad que va a hacer una evaluación, pues cumple los requisitos para que se trate de una consultoría y debería hacerse entonces a través de un concurso de méritos la elección de la entidad que realizaría la evaluación de la elección del personero. Por tanto en igual caso como es la elección de contralor municipal esta del personero debe ser revocada o terminada de manera bilateral o unilateral pero no puede continuar porque está violando los derechos, esto sin perjuicio de la cantidad falencias de fondo”, indicó el abogado.