El SOAT subirá por el incremento en los casos de accidentalidad
De acuerdo al incremento en los accidentes de tránsito y el costo de los mismos, la Superintendencia Financiera de Colombia tomó la decisión de aumentar el valor del Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito, SOAT, ya que se coloca en riesgo la suficiencia de los recursos.
Es de resaltar que el sistema financiero colombiano realizará el ajuste a todo el parque automotor con la única particularidad del cobro a los ciclomotores conocidos también como bicicletas eléctricas, esta última fue fijada en julio de 2017.
Así mismo el nuevo montó será con el cambio del nuevo salario mínimo legal mensual vigente que se establecerá en pocos días.
La circular emitida por la entidad financiera del país permite al usuario conocer las nuevas condiciones y recordar además la clasificación de los vehículos para que con exactitud conozcan el valor que le corresponde cada persona.
Los valores del SOAT se determinarán con el apoyo las siguientes tarifas, donde se multiplicará el valor del automor por el valor de un día de salario mínimo legal mensual vigente que todavía no se ha definido así:
También aclara que los recursos recaudados por el Seguro Obligatorio permitirán garantizar la atención inmediata de los lesionados sin ningún inconveniente.
Con respecto a qué pasará con las pólizas recientemente expedidas y que tienen vigencia de un año, la SuperFinanciera dice que estas serán válidas hasta el cumplimiento de su vigencia, no tendrán cambios en su cobertura y precio.
Es de recordar que para conocer los recursos que tiene el SOAT, la Superintendencia Financiera de Colombia revisa de manera gradual la periodicidad de los hechos siniestros de los vehículos que tiene dicho seguro.
Es por eso importante saber esos valores ya que de acuerdo a ello se logra saber si es equivalente al cobro y a los accidentes para la atención que en ocasiones afecta los recursos del SOAT llevando estos hacer insuficientes.
La entidad de financiera también resaltó que en caso de accidente de tránsito, el seguro obligatorio cubre a todas los lesionados: al conductor, a los ocupantes particulares, a los pasajeros (vehículos de servicio público), y a los peatones.
En los casos en que no existe seguro o el vehículo no es identificado, la Administradora de los Recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud - ADRES, a través de la subcuenta de Eventos Catastróficos y Accidentes de Tránsito ECAT, cubre a los lesionados.
Las compañías de seguros que actualmente tienen autorizado el ramo de Seguro Obligatorio de Daños Corporales Causados a las Personas en Accidentes de Tránsito son:
Allianz Seguros S.A.
AXA Colpatria Seguros S.A.
QBE Seguros S.A.
Compañía Mundial de Seguros S.A.
Seguros Generales Suramericana S.A.
La Previsora S.A. Compañía de Seguros
Mapfre Seguros Generales de Colombia S.A.
Seguros Comerciales Bolívar S.A.
Seguros del Estado S.A.
Liberty Seguros S.A.
Cardif Colombia Seguros Generales S.A.
La Equidad Seguros Generales Organismo Cooperativo.
Aseguradora Solidaria de Colombia Ltda. Entidad Cooperativa.
Frente a las coberturas del seguro y su cuantía la entidad deja claro que:
Gastos médicos, quirúrgicos, farmacéuticos y hospitalarios es de Hasta 800 S.M.D.L.V.
Incapacidad Permanente hasta 180 S.M.D.L.V
Muerte y Gastos Funerarios de 750 S.M.D.L.V.
Gastos de transporte y movilización de los lesionados de 10 Salarios S.M.D.L.V
Indicó además que los amparos al momento del accidente son para cada lesionado sin importar su número, con excepción de lo previsto para gastos de transporte que se reconocerá en atención a la capacidad del medio de transporte para movilizar en las debidas condiciones a los lesionados.
Para conocer más sobre los requisitos del Seguro Obligatorio visite: www.superfinanciera.gov.co