¡Primicia! DIAN alivia cargas tributarias a Juntas de Acción Comunal con nueva resolución
Después de un año y medio de trabajo conjunto con las Juntas de Acción Comunal (JAC), la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) expidió una resolución que limita la obligación del Registro Único de Beneficiarios Finales (RUB) únicamente a aquellas juntas que celebren contratos con entidades del orden nacional, departamental o municipal.
La medida quedó consignada en la Resolución 000004 del 30 de enero de 2026, en la que se tienen en cuenta los impactos negativos que venían enfrentando las JAC, especialmente multas y sanciones, debido a las dificultades para cumplir con este registro.
Este proceso fue iniciado y liderado desde la Asamblea del Tolima por el diputado Giovanny Molina, quien fue el primero en visibilizar la problemática y promover acciones institucionales para buscar una solución a favor de las juntas comunales.
Posteriormente, el tema fue llevado al debate del 28 de mayo de 2024 en la Asamblea Departamental, donde se expusieron las dificultades de los presidentes y dignatarios comunales, especialmente en zonas rurales del Tolima, por la falta de contadores, conectividad y herramientas tecnológicas.
En el proceso también se destacó el papel de Gerardo Yepes, quien llevó el tema a la Cámara de Representantes y posteriormente al Congreso de la República, así como la gestión del senador Óscar Barreto, quien facilitó varias reuniones ante la DIAN en Bogotá.
El trabajo fue acompañado por un colectivo de líderes comunales, entre ellos Carlos Julio Hernández, Edgar García y Ferney Santofimio, hasta lograr que la entidad modificara su postura.
Con esta decisión, solo las Juntas de Acción Comunal que contraten con entidades públicas deberán presentar el Registro Único de Beneficiarios Finales, lo que representa un alivio administrativo y financiero para miles de organizaciones comunitarias en el país.