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Admiten demanda de nulidad en caso de elección del rector del ITFIP

El rector del ITFIP Mario Fernando Díaz Pava enfrenta una segunda demanda de nulidad, la cual se encuentra en el despacho de Ómar Joaquín Barreto Suárez, magistrado sustanciador de la sección quinta del Consejo de Estado.
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Rector-ITFIP - Mario Fernando Diaz
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El rector del ITFIP, Mario Fernando Díaz, es señalado de manipular el proceso eleccionario modificando los artículos del estatuto general.
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14 Mar 2024 - 6:21 COT por Ecos del Combeima

El Consejo de Estado admitió una demanda de nulidad en contra de un acuerdo y una resolución que están relacionados con la elección del actual rector del ITFIP Mario Fernando Díaz Pava.

"Admitir la demanda de nulidad presentada por el señor Elkin Anselmo Oliveros Polania en contra del Acuerdo 11 de 16 de junio de 2022 «Por medio del cual se modifican algunos artículos del Acuerdo No. 21 del 18 de junio de 2018 -Estatuto General-» y la Resolución 0385 de 30 de junio de 2023, «que modificó y adecuó el manual de funciones acorde al Acuerdo No. 11 de 2022», expedidos por el Instituto Tolimense de Formación Técnica Profesional -ITFIP.", señala la decisión de la Sección Quinta.

En la demanda el exprocurador señaló que lo pretendido por el Consejo Directivo de la ITFIP al expedir el Acuerdo 11 del 2022, "es limitar el acceso de nuevos liderazgos, para que pocas o ninguna persona se presenten a las convocatorias para elegir  nuevo rector, buscando que quien ocupa actualmente el cargo se perpetúe, toda vez que el señor Mario Fernando Díaz funge en esta dignidad desde el 2017".

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Fachada ITFIP
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La demanda de nulidad aduce que se cambiaron requisitos buscando que quien ocupa actualmente el cargo de rector del ITFIP se perpetúe.
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Asimismo, argumentó que en otras instituciones educativas de las mismas características que el ITFIP no se consagraron los requisitos que se fijaron en el Acuerdo 11 del 2022, resaltando que, por ejemplo, no establecen experiencia en investigación. En esta misma línea, cuestionó que a diferencia de otras entidades, "el consejo directivo no estableció estudios en maestría, circunstancia que denota la intención de favorecer al actual rector, quien no cumpliría con esa exigencia".

Frente a la Resolución 0385 de 30 de junio de 2023, Oliveros resaltó fue expedida únicamente cinco días antes de la publicación de la convocatoria para la conformación de la terna para la elección de rector.

El exprocurador consideró que "el señor Mario Fernando Díaz Pava, quien era el rector del ITFIP  al inicio de la convocatoria, manipuló el proceso eleccionario modificando los  artículos del estatuto general, perfilándolo para que pocas o ninguna persona  pudiesen reunir los requisitos exigidos, ello, con el objetivo de ser elegido por una  tercera vez trasgrediendo el desarrollo del ejercicio libre y democrático de una  elección, como lo exige la Ley 30 de 1992".

Subrayó que por cada estamento de la universidad solo una persona logró ser admitida, y en el que se registró el rector Díaz Pava, únicamente éste lo fue; razón por la cual, arguye que el proceso electoral no tenía una real competencia, porque los alumnos y egresados no van a tener ninguna otra opción diferente que votar por él, ya que los 4 ciudadanos postulados por este estamento fueron inadmitidos.

Señaló que para llevar a cabo todo el proceso electoral de una forma más  transparente, el actual rector debió ausentarse o haberse manifestado impedido en  todas las discusiones relacionadas con la aprobación de los acuerdos que  modificaron el estatuto general del ITFIP, específicamente respecto de los Acuerdos  11 de 16 junio de 2022, 014 de agosto 04 de 2022, 007 de mayo 02 de 2023, y 014  de julio 05 de 2023.

Finalmente, cuestionó que Mario Fernando Díaz Pava, por intermedio de su esposa, la señora Adriana Huertas, ha participado en certámenes políticos en el municipio del Espinal donde se ubica la sede principal de la Institución ITFIP, utilizando la  institución educativa como plataforma para apoyar a determinado candidato a la  alcaldía, postulando y promoviendo candidatos al concejo municipal (algunos de ellos estudiantes y docentes del ITFIP) y promoviendo a un candidato a la  asamblea departamental, a través de un grupo significativo de ciudadanos denominado "Sí somos independientes".

Añadió que el rector del ITFIP participó activamente en el desfile que todos los  años organiza la administración municipal, obsequiando camisetas para ser usadas  por los funcionarios y estudiantes de la institución, con los mismos colores alusivos  y distintivos de la colectividad "Sí somos independientes", pasando por alto,  el deber institucional de portar y hacer visibles ante la comunidad, los colores institucionales del ITFIP, como lo son el azul, blanco y el rojo.

Antes de pronunciarse el Consejo de Estado sobre la suspensión provisional solicitada en la medida cautelar, se corrió traslado a las partes.
 

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