Consejo de Estado reafirma facultades de la Procuraduría para sancionar a funcionarios de elección popular
En un hecho trascendental para la lucha contra la corrupción en Colombia, el Consejo de Estado ha unificado su jurisprudencia, ratificando la facultad de la Procuraduría General de la Nación para sancionar disciplinariamente a funcionarios de elección popular. Esta decisión consolida el marco institucional para garantizar el control y la transparencia en el ejercicio de la función pública.
La procuradora general, al respecto, destacó la relevancia de este fallo: “Celebramos este importante respaldo del Consejo de Estado, que fortalece el control disciplinario en el país y reafirma nuestro compromiso de sancionar con rigor las faltas que atentan contra la confianza ciudadana en sus instituciones”.
La revisión de las medidas de destitución e inhabilidad por parte del Consejo de Estado es un pilar que refuerza el equilibrio institucional y garantiza el debido proceso para los servidores públicos. Esto asegura que las decisiones disciplinarias no solo sean ajustadas a derecho, sino que también respeten los derechos fundamentales de los implicados.
En su declaración, la procuradora fue enfática al señalar que este respaldo jurídico no solo fortalece el control disciplinario, sino también el compromiso de la institución con el interés público: “Seguiremos trabajando con rigor y transparencia para proteger la legalidad y asegurar que las acciones de la Procuraduría estén enmarcadas en el respeto absoluto por los principios democráticos”.
Con esta decisión, se abre un nuevo capítulo en la lucha contra la corrupción y en el fortalecimiento de la confianza ciudadana en las instituciones de control, reafirmando que la justicia y la legalidad prevalecen como ejes fundamentales del Estado de derecho.
Es de recordar que, a mediados de noviembre, el mismo Consejo de Estado había anulado la sanción de la Procuraduría contra el exalcalde de Flandes, Tolima, Téleforo Bernal, argumentando que la PNG, al ser un ente administrativo, había excedido sus competencias al sancionar a Bernal Velásquez. Explicando que solo un juez penal tiene la facultad de imponer destituciones o inhabilidades, como lo exige el marco de los derechos humanos.