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Proyecto de Ley Olimpia, iniciativa que busca poner freno a la violencia sexual digital

El proyecto fue socializado por la representante a la Cámara, Ana Rogelia Monsalve Álvarez, a través de un conversatorio en el que se analizó la iniciativa desde diferentes ámbitos y perspectivas para posteriormente llevar a cabo su radicación.
Imagen
Ana Rogelia Monsalve, representante a la Cámara
Crédito
Cortesía
18 Sep 2024 - 8:56 COT por Alfonso Aya Roa

En el marco del conversatorio “Proyecto de Ley Olimpia y su garantía para una vida libre de violencia en el entorno digital”, la representante Ana Rogelia Monsalve Álvarez, socializó el proyecto, el cual dicta disposiciones para garantizar una vida libre de violencia digital sexual y modificar la ley 1257 de 2008 y el Código Penal.

En el evento se desarrollaron tres paneles, en los que se analizaron los retos y desafíos para garantizar una vida libre de violencia digital sexual, desde la mirada de activistas sociales, académicas, funcionarias públicas y congresistas.

Durante su presentación, Olimpia, la  activista mexicana impulsora de la “Ley Olimpia” en ese país, Coral Melo, narró su historia en detalle y de cómo fue víctima de la difusión no consentida de un video íntimo sexual; al tiempo en que aseguró: “La Ley Olimpia es un movimiento latinoamericano de base territorial, impulsado por sobrevivientes de violencia digital; esta legislación penaliza la difusión de contenido íntimo sexual y erótico sin consentimiento. Además, manifestó que el 60% de las mujeres entre 18 y 40 años en Colombia aseguran haber sido acosadas sexualmente a través de plataformas digitales.

Monsalve a su turno aseguró que “con esta iniciativa, se pretende que en nuestro país se tipifique el delito de violación a la intimidad sexual, es decir, judicializar la creación, sustracción, difusión y distribución sin consentimiento en el entorno digital o cualquier otro medio: imágenes, material fílmico, o de datos, de contenido íntimo erótico y/o sexual, real o alterado; quien lo haga sería sancionado con pena prisión de 48 meses a 72 meses de prisión, y multas de 66 a 750 salarios mínimos mensuales legales vigentes.

La parlamentaria agregó que “es fundamental el trabajo mancomunado desde las distintas entidades del Estado colombiano, para transformar esas narrativas, que culpan y juzgan a las mujeres por ejercer su derecho a la libertad e intimidad”.

La iniciativa ya es una realidad en todos los Estados de México y es Ley Federal; además, recientemente fue aprobada como Ley en Argentina. Chile y Panamá ya se encuentran en el proceso de radicación, mientras que en Guatemala y Honduras, iniciarán su trámite de radicación.