En junio pago de prima para empleados del hogar ¿cómo se hace?

La prima de servicios es una prestación social que los empleadores están obligados a pagar a todos los trabajadores con los que tienen un contrato laboral, ya sea verbal o escrito.
De acuerdo con el informe “El Sector del cuidado remunerado en las principales ciudades de Colombia”, elaborado por Quanta - Cuidado y Género de abril pasado, la informalidad laboral en este sector sigue siendo alta encontrando en ciudades como Bogotá, Cali y Barranquilla tasas por encima del 70%.
La prima de servicios es un reconocimiento que se hace por el semestre trabajado o proporcional al tiempo laborado. Debe pagarse en los meses de junio y diciembre. Se estima que, en 2021, el número de ocupados que puede llegar a recibir prima de servicios supere los 9 millones de personas.
La prima corresponde a 15 días de salario por semestre laborado y se le debe pagar a todo trabajador dependiente. Es decir, todo empleado con un contrato verbal o escrito. De acuerdo con el artículo 306 del Código Sustantivo del Trabajo, la prima de servicios es una prestación social que debe pagar el empleador al empleado de manera directa antes del 30 de junio, para el primer semestre, y el 20 de diciembre, para el segundo semestre.
Según el DANE para agosto de 2021 en Colombia se registraban 11,26 millones de ocupados, el 47.6% son trabajadores informales. Al hablar específicamente de las trabajadoras del hogar el panorama es aún más desalentador, pues según la ENS en su estudio de 2019, solo una de cada 10 empleadas contaba con un contrato de trabajo formal.
En esta categoría también se consideran los conductores, jardineros y personal de oficios varios en el hogar.
Para facilitar el proceso del pago de la prima de mitad de año a los trabajadores domésticos, la empresa Symplifica diseño una herramienta gratuita online que sirve para calcular el valor exacto.
Empleadas domésticas que trabajan por días
¿A las empledas por días tanbién las cobija la norma? Esta es una de las inquietudes más recurrentes en los hogares y la respuesta es sí, una trabajadora del hogar debe recibir la prima así vaya 1 solo día a la semana.
“Dando cumplimiento a la Ley 1788 del 7 de julio de 2016, todos los trabajadores que se enmarquen en empleados domésticos, desempeñando tareas como aseo, cocina, lavado, planchado, cuidadores de fincas, conductores y/o niñeras, sin discriminación al tiempo de trabajo tienen derecho al pago de la prima”, afirma Salua García Fakih, cofundadora y COO de Symplifica.