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Bajan índices de natalidad en Colombia

Desde 2014 los nacimientos en el país han caído en 43,6%, según los datos de la Registraduría Nacional de Estado Civil.
Imagen
Según la Registraduría la tasa de natalidad muestra una sensible baja en los últimos diez años en Colombia.
Crédito
Registraduría
30 Dic 2024 - 14:19 COT por Alfonso Aya Roa

Según la Registraduría Nacional del Estado Civil, Colombia ha experimentado una considerable reducción en el número de nacimientos registrados durante los últimos diez años.

De acuerdo a las estadísticas, durante el 2014 ocurrieron 742.610 nacimientos en el país, mientras que en 2024 esta cifra descendió a 419.002 nacimientos, lo que representa una disminución del 43.6%.

Los departamentos en donde más se reportaron nacimientos durante el 2014 fueron encabezados por Antioquia con 78186, seguido del Valle del Cauca con 56219, Atlántico 42795 y Bolívar 37.023.

Esas mismas regiones mostraron el siguiente comportamiento durante 2024, Antioquia bajó a 49018, Valle del Cauca 32207, Atlántico 25371 y Bolívar 20708.

 

Registro civil

La Registraduría recordó que el registro civil de nacimiento permite reconocer la existencia jurídica de las personas, para que puedan acceder a sus derechos, como a los bienes y servicios del Estado.

La inscripción del nacimiento deberá hacerse dentro del mes siguiente a la ocurrencia del hecho, vencido este plazo se entenderá que la inscripción es extemporánea. 

Para la expedición del documento los padres del nacido deben presentar examen del grupo sanguíneo y factor Rh de la persona cuyo nacimiento va a ser inscrito (cuando el documento antecedente sea diferente al certificado de nacido vivo). Presentar a la persona que se pretenda inscribir, acreditando su nacimiento a través del documento antecedente, El declarante deberá estar debidamente identificado y cumplir los requisitos del vínculo con la persona a inscribir de acuerdo con la ley

 

Documento para la inscripción

Certificado de nacido vivo, Documentos auténticos, como cédula de ciudadanía, sentencias, en  caso de comunidades indígenas Autorización indígena, Partida eclesiástica y/o partida de bautismo, con certificado de competencia del ministro que celebró el acto. Resolución ICBF (en caso de menores en proceso administrativo de restablecimiento de derechos), en el caso de hijos de padres desconocidos se debe tener la Resolución por parte de la Dirección Nacional de Registro Civil, si el nacimiento ocurrió en el exterior se debe presentar ante la autoridad el Acta o Registro Civil Extranjero debidamente apostillado o legalizado y traducido, Formatos expedidos por parteras y parteros autorizados.

En ausencia de los anteriores, podrá realizarse la inscripción con la declaración juramentada de dos testigos del hecho de nacimiento, los padres no pueden ser testigos.