MinSalud prepara normatividad para piscinas de uso colectivo y reitera medidas de seguridad en vacaciones
Teniendo en cuenta el inicio de la temporada de vacaciones 2024-2025, y para evitar accidentes en las piscinas o casos que lamentar, el ministerio de Salud presentó un avance normativo sobre la reglamentación de la Ley referente a los criterios técnicos de construcción y seguridad, aplicables a los establecimientos con piscinas de uso colectivo abiertas al público en general.
Por otra parte, se hace un llamado a las autoridades administrativas para que, de acuerdo con las competencias asignadas en el artículo 10 de la Ley 1209, adelanten las funciones de inspección a los establecimientos abiertos al público y, de acuerdo con el resultado, expidan el Certificado de Cumplimiento de Normas de Seguridad.
Igualmente, el ministerio solicita a las autoridades sanitarias que intensifiquen la vigilancia en los establecimientos con piscinas de uso colectivo.
Minsalud, el único responsable para reglamentar las medidas. Las secretarías de salud y oficinas o dependencias administrativas (distritales y municipales) deben abstenerse de tramitar y expedir actos administrativos relacionados con los anteriores criterios, ya que es competencia del Ministerio de Salud y Protección Social.
Construcción de la propuesta
El proyecto se sometió a consulta pública, con el fin de recibir observaciones, sugerencias y aportes de los actores clave del sector; garantizando así que la normativa propuesta sea integral, técnica y ajustada a las necesidades del país en esta materia.
En cuanto al proyecto de resolución de la calidad del agua contenida en los estanques de piscinas y estructuras similares, así como las buenas prácticas sanitarias, será próximamente puesto en consulta pública por medio del canal oficial del Ministerio.
En su condición de director del sistema de salud, le corresponde al Ministerio dirigir, orientar, coordinar y evaluar el sistema General de Seguridad Social en Salud, y formular las políticas, planes, programas y proyectos de interés nacional para el sector y el Sistema General de Seguridad Social, así como liderar su ejecución, seguimiento y evaluación.
Medidas preventivas y de seguridad
Supervise a los niños y niñas siempre: Nunca deje a los menores solos, ni cerca ni dentro del agua, incluso si saben nadar. Un adulto responsable debe estar atento en todo momento.
Respete las señales: Si ve señales de advertencia en playas, ríos o piscinas, sígalas al pie de la letra. Están ahí por su seguridad.
No corra cerca de la piscina: Las superficies mojadas pueden hacer que se resbale y caiga al agua, lo que aumenta el riesgo de lesiones y ahogamiento.
Prevención de ahogamientos en aguas abiertas
Las mayores cifras de ahogamientos se presentan en aguas abiertas como playas, ríos, lagos o embalses.
Atienda las señales y advertencias: Respete las banderas, carteles y recomendaciones de seguridad en playas y ríos. Evite nadar si hay advertencias por corrientes o mal clima.
Nunca nades solo: Si va a nadar en aguas abiertas, hágalo siempre acompañado. Evite ingresar al agua si no sabe nadar.
Evite consumir alcohol: El alcohol reduce la capacidad de reacción y percepción de riesgos, lo que aumenta la posibilidad de un ahogamiento. Evite conductas de riesgo.
Prevención de enfermedades en piscinas
Dúchese antes y después de entrar al agua: Una ducha ayuda a eliminar los microorganismos y otros contaminantes que afectan la calidad del agua de la piscina.
Si está enfermo no entre al agua: No haga uso de la piscina si tiene diarrea o infecciones en la piel, ya que puede contaminar el agua y enfermar a otros.
Mantenga la higiene de los más pequeños: Lleve a los niños al baño con frecuencia y sensibilizarlos sobre hacer buen uso de la piscina.