Conozca el fallo que beneficia a las modelos web cam
La Corte Constitucional en un fallo sin precedentes dirimió la situación que planteó una modelo web cam que fue despedida cuando tenía ocho meses de embarazo porque para sus empleadores no era un trabajo legal.
Para el Alto Tribunal, el Congreso de la República solo se ha ocupado de legislar sobre la tributación de este negocio, pero no entorno a las garantías laborales que deben tener las personas que se dedican a prestar este tipo de servicios.
Aunque las empresas que se dedican al negocio de entretenimiento para adultos deben cumplir las normas establecidas al momento de comenzar su operación, no están cumpliendo con lo que indica la ley en materia de garantías laborales.
“Dentro de la industria del sexo, como género, se pueden agrupar diferentes especies como la prostitución, la pornografía y, más recientemente, el modelaje webcam, pues aunque en ocasiones se ha pretendido trazar una línea divisoria para separar los aquellos oficios de la prostitución, en un esfuerzo por desligarlo de la estigmatización histórica que pesa sobre los mismos, es claro que el común denominador que existe a todas estas prácticas es el intercambio de determinados servicios de índole sexual por una contraprestación pecuniaria”.
En la decisión la Corte Constitucional decidió resarcir los derechos a nivel laboral a la modelo que presentó la denuncia, situación cobija a todas las personas que se dedican a este oficio.