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Tolima
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Contraloría del Tolima hace llamado a alcaldes a cumplir con la ley en declaratorias de urgencia manifiesta

Según el ente de control, la urgencia manifiesta no exime del deber de selección objetiva en las licitaciones públicas.
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10 Abr 2025 - 6:11 COT por Ecos del Combeima

Ante el recrudecimiento de la temporada de lluvias que afecta a varios municipios del departamento, la Contraloría Departamental del Tolima advirtió a los alcaldes municipales sobre la necesidad de ajustarse a los criterios legales vigentes al momento de declarar la urgencia manifiesta, una herramienta excepcional destinada a atender situaciones de emergencia.

La contralora departamental, Carolina Giraldo Velásquez, recalcó que si bien esta figura permite una acción más ágil para proteger a las comunidades damnificadas por desastres naturales, no puede ser utilizada como vía para evadir los procedimientos establecidos en la Ley 80 de 1993.

“Se trata de una herramienta legítima y necesaria en contextos de calamidad, pero que debe utilizarse con estricto cumplimiento de los requisitos mínimos. La urgencia manifiesta no reemplaza los principios de transparencia, selección objetiva y responsabilidad fiscal”, afirmó Giraldo.

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La funcionaria también advirtió que en recientes procesos de auditoría, la Contraloría detectó declaratorias de urgencia manifiesta sin contratación asociada, lo cual, si bien no constituye una irregularidad por sí misma, puede derivar en hallazgos administrativos, dado el deber de reportar y justificar plenamente el uso de esta figura.

Según lo establece la Ley 80 de 1993, la urgencia manifiesta puede ser declarada por el representante legal de la entidad cuando se presentan calamidades, desastres, hechos de fuerza mayor u otras situaciones excepcionales que hagan necesario actuar de inmediato y sin los trámites ordinarios de licitación pública. Sin embargo, esto no exime del deber de selección objetiva ni del posterior envío de los actos y contratos a los entes de control fiscal.

“Hacemos un llamado preventivo a los mandatarios locales para que actúen con responsabilidad jurídica y administrativa. El control fiscal no solo vigila el uso adecuado de los recursos públicos, también protege la legalidad de las actuaciones, especialmente en contextos de emergencia donde el rigor debe mantenerse”, concluyó la Jefe de Control Fiscal del Tolima, Carolina Giraldo Velásquez.