Pasar al contenido principal
Econoticias y Eventos
Ibagué
COMPARTIR
Se ha copiado el vínculo

Funcionarios expresan solidaridad con la Personera, Francy Ardila, quien cumple 15 días de arresto

Argumentan que la Personería no es una dependencia de la Alcaldía.
Imagen
Crédito
Suministrada
26 Ago 2023 - 9:02 COT por Ecos del Combeima

Los funcionarios de la Personería de Ibagué expresan su solidaridad con la titular de ese organismo Francy Johanna Ardila Salazar ante el arresto que le fue impuesto por el desacato de la acción de tutela, que ordena a la Alcaldía la construcción de un puente peatonal sobre la quebrada La Chumba, en el corregimiento de San Bernardo,

“Los pronunciamientos judiciales proferidos por el Juzgado Décimo Penal, Juzgado Cuarto Penal y la Sala Penal del Tribunal Superior de Ibagué, a través de los cuales se resolvió imponerle una sanción desproporcionada, consistente en arresto domiciliario por 15 días y multa de 15 Salarios Mínimos Legales Mensuales Vigentes, como consecuencia de considerar el incumplimiento de las obligaciones impuestas en el fallo de la tutela AT – 366, así como a la Personería hacer el seguimiento correspondiente, en aras de su cumplimiento”, indica el pronunciamiento.

Así mismo, señalan que no comparten sus efectos como tampoco los argumentos que sustentan la sanción impuesta por el Juzgado Noveno Penal Municipal y confirmada en consulta, por el Juzgado Cuarto Penal del Circuito.

“La desproporción en la imposición de la sanción tiene sustento en las diferentes obligaciones que impuso la Corte Constitucional, como quiera que, a la administración municipal le impuso la obligación de construcción del puente, mientras a la Personería de Ibagué, quien no tiene calidad de accionada, le impuso el seguimiento para el cumplimiento de la acción, referido al marco de sus competencias”, agrega. 

También argumentan que las Personerías no son dependencias de las Administraciones Municipales.

“Somos testigos de la multiplicidad de acciones que ha venido desplegando la entidad, en especial las correspondientes a esta administración, durante los años 2021, 2022 y lo corrido del 2023, en especial aquellas en garantía de los derechos fundamentales de población vulnerable, niños, niñas, adolescentes y adultos mayores”, indican los funcionarios de la Personería.

De igual manera, indican que han cumplido mesas de trabajo, enviado oficios de requerimientos y realizado visitas técnicas que sustentan que la Personería ha cumplido con sus obligaciones.

“Lamentablemente no han sido escuchadas ni valoradas por los despachos judiciales que han surtido el trámite del incidente de desacato, pese a que se ha puesto de presente, incluso, el ejercicio de la acción disciplinaria que le es propia, respecto a funcionarios distintos al Alcalde, para determinar su responsabilidad frente a sus obligaciones”, expresa el comunicado.

Finalmente, los funcionarios de la Personería afirman que respetan, pero no comparten el fallo al considerar improcedente el mecanismo constitucional emitido por el Magistrado Ponente de la Sala Penal del Tribunal Superior al que le fue asignada la acción de tutela impetrada por la Personera Municipal contra los fallos proferidos dentro del incidente de desacato.