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Consejo de Estado da su última palabra sobre el puente de la variante

El Consejo de Estado falló en contra de la instalación de elementos para acceder a la estructura, subrayando que el problema de fondo es de salud mental y no de infraestructura vial.
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10 Oct 2024 - 6:14 COT por Juan Pablo Corredor

El puente de la variante de Ibagué, tristemente célebre por los saltos al vacío de personas en los últimos años, no contará con barandas de seguridad ni otros elementos que impidan estos actos.

Así lo determinó el Consejo de Estado al fallar en segunda instancia una acción popular presentada por la Personería de Ibagué, que solicitaba medidas preventivas para evitar más suicidios en esta estructura.

La controversia inició en enero de 2023, cuando el Tribunal Administrativo del Tolima dictaminó que el Municipio de Ibagué era responsable de vulnerar derechos colectivos en materia de seguridad y salubridad públicas.

Se ordenó entonces al Municipio analizar sus políticas de prevención del suicidio. Sin embargo, la entidad apeló la decisión, lo que llevó el caso al Consejo de Estado.

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ANI y APP Gica: bien libradas

En su fallo, el Consejo de Estado exoneró a la ANI y APP Gica de responsabilidades adicionales, destacando que el puente cumple con las normativas de seguridad y diseño.

Además, el alto tribunal señaló que la infraestructura vial no es el desencadenante de los suicidios.

"Se debe precisar que la infraestructura vial en sí misma no es el detonante, ni promueve o propicia la conducta suicida en la ciudad de Ibagué. La Personería accionante no acreditó que algún suicidio esté directamente relacionado con una falla o defecto de la infraestructura vial, con un error en su operación", destaca el fallo.

El Consejo concluyó que la prevención de suicidios es una responsabilidad que recae en el Sistema General de Seguridad Social en Salud (SGSSS), no en las entidades de transporte.

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La Alcaldía de Ibagué, en la mira

La administración municipal de Ibagué fue la más afectada por la decisión judicial. El Consejo de Estado determinó que la Alcaldía no pudo demostrar la efectividad de su gestión para prevenir los suicidios.

Aunque se reconoce que la Alcaldía ha desarrollado varias iniciativas en materia de salud mental y prevención del suicidio, el fallo señala que no se presentó evidencia suficiente de su implementación o eficacia.

"Se insiste que el ente territorial no aportó ninguna prueba que demuestre la ejecución de los programas mencionados, su periodicidad, o el acompañamiento realizado a los beneficiarios", subraya el documento judicial.

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Como consecuencia, el Consejo de Estado ordenó al Municipio de Ibagué que, en un plazo de tres meses, realice una evaluación exhaustiva de sus políticas de prevención del suicidio. De acuerdo con los resultados, el Municipio deberá proponer mejoras y presentar una propuesta de modificación del Acuerdo Municipal 002 de mayo de 2021, que regula la política de salud mental, al Concejo Municipal en el siguiente periodo de sesiones.

Finalmente, la administración municipal deberá formular un plan de acción que fortalezca las actuales estrategias de prevención y atención a la salud mental, con especial énfasis en la prevención del suicidio. Este plan debe incluir un cronograma detallado que será supervisado por el tribunal.

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