"Es un acto de trámite que no obliga a su cumplimiento": Leonidas Torres sobre actualización catastral de Ibagué y Espinal
La actualización catastral que se viene realizando desde el año anterior ha causado centenares de quejas debido al aumento que representó en cuanto al impuesto predial, esta situación en el Tolima se vislumbró con mayor impacto en Ibagué y en El Espinal.
Leonidas Torres, abogado experto en derecho administrativo, se refirió al tema y explicó que el aumento en el avalúo catastral no solo tiene que ver con el impuesto predial sino como muchos trámites que los colombianos deben realizar en su vida cotidiana.
¿Qué afecta el aumento del avalúo catastral?
“El avalúo catastral determina el impuesto predial, pero también eleva el patrimonio y con ello la renta presuntiva, genera una ganancia ocasional supremamente elevada, incrementa el pago a la hora de pagar la libreta militar y las matrículas de los estudiantes, tanto comerciantes como independientes están obligados a pagar la seguridad social y esto también es un aumento exponencial, por eso es tan delicado el tema del impuesto predial”, indicó el experto.
Enfatizó que los municipios tienen directamente el manejo del impuesto predial que se hace en base al avaluó catastral pero en Ibagué y El Espinal no se debe aceptar porque es un acto administrativo de trámite que no es obligatorio, ese acto administrativo no vincula a la administración municipal.
“Al presidente le dijimos que la ley 14 autoriza al Gobierno Nacional para congelar el avalúo catastral teniendo en cuenta las dificultades socioeconómicas del Tolima y todo su entorno, esta cascada de tributos y más lo que está anunciando Jaramillo convertirá en agobiante la carga fiscal de los ibaguereños. El avalúo catastral no se puede demandar directamente por ser un acto de trámite sino que se debe agotar un trámite administrativo de solicitud de revisión del avalúo, luego que el IGAC responda, si se niega puede ser impugnado de forma administrativa y ahí sí demandarlo ante la jurisdicción”.
El experto puntualizó que este procedimiento agotaría mucho tiempo y faltan muy pocos meses para reglamentar el pago del impuesto predial para el otro año.
Sin embargo al ser un acto administrativo de trámite el Concejo y la Alcaldía no estarían obligados a aplicarlo.
¿Congelar por tres años el impuesto predial es la solución que necesitan los colombianos?
También explicó que la ley prevé que no se puede incrementar el avaluó en el doble es decir en el 100%, e indicó que normalmente el impuesto predial se debe incrementar en más del IPC.
“Esto no es obligatorio cuando hay una actualización de avalúo pero sigue rigiendo que éste no puede ser desproporcionado ni violar el principio de la confianza legítima de los ciudadanos, es decir que las personas hacen un proyecto de vida teniendo en cuenta un presupuesto con sus gastos de familia y al aumentarle las cargas de forma exagerada la Constitución establece los principios de proporcionalidad y confianza legítima que están por encima de la ley del avalúo para aumentar el impuesto predial”.
En cuanto a las fuertes declaraciones del alcalde Guillermo Jaramillo sobre la obligación que tienen los ibaguereños de pagar impuestos, Leónidas Torres apuntó que los mandatarios están en el derecho de gestionar recursos para la inversión en las ciudades sin embargo esto no puede pisotear el sustento de las familias, por lo que no se pueden proyectar obras a costa del sacrificio de los ibaguereños.
“No es suficiente congelar el predial porque el avalúo catastral sigue vigente y cuando se regrese a su aplicación los municipios tendrán la facultada de tenerlo como base para el cobro y se volverá a dispararse el cobro, el patrimonio se compone principalmente de bienes inmuebles en Colombia y esto puede generar problemas al Gobierno y se lo hemos planteado a la directora nacional de Planeación”.