Pasar al contenido principal
Econoticias y Eventos
Ibagué
COMPARTIR
Se ha copiado el vínculo

Antes del 30 de junio, empleadores deben pagar la prima a trabajadores domésticos

Se calcula que en el país hay más de 700 mil trabajadores del servicio doméstico, los empleadores que incumplan está normatividad serán sancionados.
Imagen
Crédito
Tomado de Internet
25 Jun 2018 - 7:43 COT por Ecos del Combeima

 

 

Según la Ley 1788 del 7 de julio de 2016, el pago de la prima de servicios corresponde a 30 días de salario por año, el cual se reconocerá en dos pagos, así: la mitad máximo el 30 de junio y la otra mitad a más tardar los primeros 20 días de diciembre.

Su reconocimiento se hará por todo el semestre trabajado o proporcionalmente al tiempo trabajado.

Según el Gobierno Nacional en el país existen más de 700 mil trabajadores domésticos, su gran mayoría son mujeres, por lo que el cumplimiento de la norma es vital para avanzar en la reivindicar de sus derechos y traer mayor justicia social a este sector.

 “La multa es de un día de salario por cada día de mora. Nuestros inspectores están recorriendo todo el país porque estamos listos para sancionar a quien incumpla esta obligación  legal”, explicó la Ministra de Trabajo a través del portal oficial.

Las cifras oficiales señalan que cerca de 179.870 trabajadores que prestaron sus servicios a los hogares en tareas como aseo, cocina, lavado, planchado, jardinería, conductor de familia y trabajadores de finca, recibieron prima de servicios.

Sí requiere más información ingrese a http://www.mintrabajo.gov.co/empleo-y-pensiones/empleo/subdireccion-de-…