Sepa cómo liquidar sus deudas bajo la ley de insolvencia
Si usted atraviesa una situación inesperada con sus finanzas, escenario que le impide atender sus obligaciones financieras pactadas anteriormente, puede verse beneficiado por la ley de insolvencia.
Desde octubre de 2012 se encuentra en vigencia la ley de insolvencia económica, una estrategia legal para personas naturales –no comerciantes–, que permite negociar o liquidar sus deudas si su patrimonio es inferior a las mismas. A través de esta ley, usted como deudor podrá llegar a una negociación con sus acreedores que le permitirá suspender las acciones legales –que el acreedor haya podido iniciar– durante el proceso de negociación.
Debe tener en cuenta que no se trata de una refinanciación, es más bien un convenio entre el deudor y el acreedor o prestamista. El trámite de esta negociación puede durar entre 60 y 90 días hábiles.
“La ley de insolvencia ofrece la oportunidad a las personas de parar el pago de sus deudas, durante varios años tras dar inicio al trámite”, afirmó César Ucrós Barrós, director jurídico de Chao Deudas.
Los requisitos para que usted pueda declararse insolvente y acceder a dicha ley, son:
- No ser comerciante, es decir, no estar registrado en la Cámara de Comercio y no tener un establecimiento comercial.
- No tener la mayoría de acciones en una sociedad.
- Tener más del 50 por ciento del pasivo con más de 90 días de mora.
Si cumple los anteriores requisitos, los pasos para el procedimiento, de acuerdo con Chao Deudas, son:
- Diseñar y radicar la solicitud de insolvencia en el centro de conciliación.
- El centro de conciliación aprueba la solicitud de insolvencia y saca el auto donde cita al deudor y a los acreedores a las audiencias de negociación.
- Asistir a las audiencias de negociación.
- Una vez se aprueba la negociación, el centro de conciliación genera el acta de aprobación del acuerdo, donde se fijan los valores a pagar por el deudor.
- Si el acuerdo de negociación fracasa, el centro de conciliación enviaría el proceso a un juzgado donde se inicia la liquidación patrimonial.
De otro lado, los beneficios que usted puede obtener a través de la Ley de Insolvencia son los siguientes:
• Suspende embargos y remates.
• No más llamadas de cobro.
• Cambio de estatus en centrales de riesgo: a partir de la admisión a la negociación, el estatus pasará de deudor moroso a “ley de insolvencia”.
• Incluye además de deudas con el sector financiero, deudas por impuestos, servicios públicos domiciliarios, comerciales, personales (colegios, administración), y con personas naturales prestamistas (generalmente agiotistas).
• Rapidez en trámite: entre 60 y 90 días hábiles.
Tomado de: eltiempo.com