Inadmiten demanda contra elección de Abelardo De La Espriella
El Consejo de Estado, Sección Quinta, mediante auto del 10 de julio de 2026 y con ponencia del magistrado Luis Alberto Álvarez Parra, resolvió inadmitir la demanda de nulidad electoral presentada por el abogado Luis Guillermo Pérez Casas contra la elección presidencial de Abelardo Gabriel De La Espriella Otero.
El alto tribunal explicó que el escrito incumplió varios requisitos formales del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (CPACA):
- No se allegó copia del acto de elección demandado.
- Los hechos no fueron clasificados ni enumerados de manera clara.
- Se acumularon causales objetivas y subjetivas, lo cual está prohibido.
- No se aportó el correo electrónico del demandado para notificaciones.
Por estas razones, el despacho concedió al demandante tres días para subsanar los defectos, de lo contrario la demanda será rechazada.
Contexto de la demanda
La acción buscaba la nulidad de la resolución E-3181 del Consejo Nacional Electoral, que declaró la elección de De La Espriella como presidente. El demandante alegaba dos causales:
- Violencia a los electores, por supuesta intimidación y desinformación durante la campaña.
- Incompatibilidad constitucional, al considerar que el juramento de naturalización estadounidense del presidente electo implicaba renuncia a la lealtad exclusiva hacia Colombia.
El Consejo de Estado, sin embargo, no entró a estudiar el fondo del asunto, pues la demanda fue inadmitida por errores de forma.
El tema también fue analizado en el programa Ping Pong Político de Ecos del Combeima, donde vía Zoom participó el exmagistrado del Consejo de Estado Jaime Orlando Santofimio.
El jurista señaló que la acción tiene un trasfondo político, pero jurídicamente presenta debilidades:
“Es difícil que prospere. Hasta ahora es un simple relato del demandante, pero carece de pruebas. La argumentación no es muy fuerte y seguramente tendrán que fortalecerla con reformas a la demanda. Colombia reconoce la doble nacionalidad y eso no implica renunciar a la ciudadanía ni traicionar a la patria”.
Santofimio también advirtió que el Consejo de Estado suele ser muy restrictivo frente a medidas cautelares como la suspensión de la posesión de un presidente electo, por lo que ve complicado que prospere una solicitud de ese tipo.