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Econoticias y Eventos
Ibagué
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Procuraduría envió misiva al Alcalde Luis H.

<p>En el documento firmado por el Procurador Delegado, Carlos Augusto Mesa D&iacute;az, se hacen diversas recomendaciones a los procesos licitatorios de Juegos Nacionales.&nbsp;&nbsp;</p>
15 Mar 2015 - 8:45 COT por Ecos del Combeima

El Procurador Delegado, Carlos Augusto Mesa Díaz, en misiva enviada el pasado al alcalde de Ibagué, Luis H. Rodríguez, hace una serie de observaciones sobre el proceso de selección de la licitación pública correspondiente a las obras de construcción de escenarios del Parque Deportivo.

Al final de la carta, el Procurador Delegado destaca que “sea oportuno manifestarle la disposición de la Procuraduría General de la Nación a través de todos sus agentes, pero en especial de este despacho, para trabajar de la mano con la administración, con el propósito de contribuir a la mejora continua de su gestión, y en el caso particular de que los XX Juegos Deportivos Nacionales y lV Paranacionales 2015 sean un éxito para el país”.

Reiterar que fue el mismo Alcalde quien desde un comienzo invitó a todos los entes de control para que hicieran acompañamiento del proceso.

En seis puntos, se centran las recomendaciones que hace la Procuraduría Delegada.

1. Que acatando los principios de autonomía administrativa que caracteriza al lMDRl y de responsabilidad de sus directivos, se atiendan las observaciones, recomendaciones y/o sugerencias fundadas, razonables y objetivas que a la fecha hayan hecho; tanto partes interesadas como organismos de control, al proceso de selección en cuestión.

2. Que con base en el análisis y conclusiones sobre las observaciones, recomendaciones y/o sugerencias fundadas, razonables y objetivas hechas por los distintos actores, si es procedente y se requiere, se ajuste el Pliego de Condiciones y se proceda a expedir el acto de apertura del proceso de selección en el menor tiempo posible.

3. Advirtiendo que en promedio el proceso de selección puede tomar hasta 60 días, se prevean y se emprendan las acciones necesarias para que éste se adelante sin dilaciones o tiempos más allá de los mínimos exigidos por la Ley, teniendo en cuenta que la ejecución del contrato contempla obras complejas y de grandes magnitudes

que podrían no llegar a lograrse si se tiene en cuenta que la fecha límite para su entrega son los días previos a la fecha de inicio oficial de los juegos.

4. Que la adjudicación del contrato que se derive del proceso de selección se haga al ofrecimiento más favorable. Esto, atendiendo los principios que rigen tanto la función administrativa como la actividad contractual misma; en especial los de transparencia, selección objetiva e igualdad.

5. Verificar que en los pliegos de condiciones no se exijan requisitos de imposible cumplimiento o que puedan cumplir sólo determinadas personas o que contraríen los mandatos constitucionales o legales, y que lo que se exija sea a todos por igual de forma general y abstracta y su necesidad de requerirlo se encuentre plenamente justificada. De igual manera la administración deberá tener en cuenta que las exigencias que se hagan en los pliegos de condiciones en cuanto a requisitos habilitantes no limiten o restrinjan la libre concurrencia, Que se garantice la pluralidad de oferentes. Esto es, permitir el acceso y particjpación efectiva de todos los posibles interesados en condiciones de igualdad. Esto sin perjuicio de la capacidad, idoneidad, seriedad y responsabilidad que se requieren del contratista, ni de la calidad de las obras que se pretenden.

6. Verificar que durante el proceso de selección se generen y publiquen en debida forma los documentos y actos administrativos exigidos por la ley, que éstos cumplan con los contenidos mínimos que ésta les impone y que se elaboren con el debido cuidado que le ameritan. [Verbi gracia: el acto administrativo de apertura del proceso de selección (revocado) no hace referencia al Certificado de Disponibilidad Presupuestal, de conformidad con lo requerido en el Numeral 6 del Artículo 24 del Decreto 1510 de 2013.