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Ibagué
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¿Dónde están los límites?

Aunque parezca insólito, la próxima vez que la naturaleza le haga un llamado mientras está en la calle, revise muy bien a qué lugar ir, pues la hipervigilancia propia de los circuitos cerrados de televisión ya no perdona ni siquiera esos espacios que en otrora fueron sagrados. Si la pregunta es ¿dónde pasa? La respuesta es simple: Ibagué. Por: Andrés Forero.
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3 Abr 2019 - 11:44 COT por Ecos del Combeima

Me abstraigo hoy de las convulsionadas realidades político administrativas de la ciudad, sobre las que indiscutiblemente hay mucho por decir, con el propósito de dedicar este espacio a reflexionar sobre un asunto que aunque insignificante y desapercibido para muchos podría terminar comprometiendo aspectos elementales del derecho a la intimidad de las personas.

Aunque parezca insólito, la próxima vez que la naturaleza le haga un llamado mientras está en la calle, revise muy bien a qué lugar ir, pues la hipervigilancia propia de los circuitos cerrados de televisión ya no perdona ni siquiera esos espacios que en otrora fueron sagrados.

Si la pregunta es ¿dónde pasa? La respuesta es simple: Ibagué.

Episodios como el del centro comercial Andino en Bogotá donde el terrorismo utilizó justamente una zona común a la que no llegaba el alcance invasivo de los sistemas de seguimiento y monitoreo haría pensar que adoptar medidas de estas características resulta justificable.

Sin embargo, es también este punto de partida para poner en el centro del debate, hasta dónde, en este mundo potencialmente mediado por las tecnologías se han ido moviendo los límites entre lo público y lo privado.

Que haya ojos mecánicos siguiéndonos de aquí para allá en zonas abiertas o privadas, pero al servicio del público es razonable, pues en últimas esta ha sido una forma de instrumentalizar la capacidad de control que no pudieron dominar las habilidades humanas.

Lo que resulta inadmisible es que se instalen dispositivos de estas características en baños públicos dentro de prestigiosos centros comerciales, desconociendo la jurisprudencia de la honorable Corte Constitucional que enfáticamente, en varias de sus decisiones, ha recordado la improcedencia en la utilización de este tipo de medios cuando se transgrede la vida íntima de las personas.

Incluso la misma Corte advirtió que en otros espacios donde se pudieran implementar estos equipos debía ser necesario disponer la debida señalización para advertir a los ciudadanos tuvieran el estar siendo objeto de registro audiovisual.

No termina uno de entender qué piezas de valor pueden almacenarse en un baño público más allá de la dignidad y la honra de las personas como para querer hacer zoom en un entorno tan personal.

Ahora bien, si el argumento es que estos espacios están siendo utilizados con fines distintos para los que originalmente fueron concebidos, la Corte también ha dicho que estas herramientas deben ser el último recurso cuando se hayan agotado todas las demás alternativas posibles.

Así pues a lo que acudimos entonces es a una evidente incapacidad de evitar o proteger lo que se supone quieren hacer utilizando cámaras de seguridad sin contar con consentimiento alguno.

Ojo señores comerciantes, porque los límites están reglados, no ´rec-glados´ y el todo se vale no siempre por excepción es regla.

A usted amigo lector solo me resta decirle: fíjese bien y decida. El dilema ahora está en contener o protagonizar el nuevo gran hermano local, de la casa estudio al baño estudio.

¿Quién será el siguiente eliminado?