Levantan la suspensión de términos en las oficinas de Instrumentos Públicos del Tolima
La Superintendencia de Notariado levantó la suspensión de términos, procedimientos, actuaciones administrativas y procesos registrales en varias de las oficinas de Instrumentos Públicos del país incluidas las del Tolima.
La decisión se confirmó a través de la resolución 3931. Los municipios que prestan este servicio en el departamento son: Armero Guayabal, Chaparral, Fresno, Honda, El Espinal, Cajamarca e Ibagué.
Los horarios de atención en todas las Oficinas de Registro de Instrumentos Públicos del país será de 8:00 A. M. a 1:00 P. M., en jornada continua.
“Más Oficinas de Registro de Instrumentos Públicos (ORIP) empezarán a prestar servicio a los usuarios. Trámites como el Certificado de Tradición y Libertad o la Consulta de Índice de Propietarios y de No Propiedad, deben hacerse a través de la página web institucional, pues no podrán ser solicitados de manera presencial ni a través de los Kioskos dispuestos en algunas ORIP”, indicó en su cuenta de Twitter la entidad.
La semana anterior el representante a la Cámara, Ricardo Ferro, denunció en diálogo con Econoticias que al continuar el cierre de las oficinas en varias regiones del país, se estaba afectando directamente el flujo de caja de los constructores que veían como se estaba reactivando el sector pero no podían acceder a los recursos de los subsidios o de los créditos por la venta de los apartamentos.
Respecto del periodo en que estuvo vigente la suspensión de términos de trámites, procedimientos, actuaciones administrativas y procesos registrales en las oficinas que vuelven a atender, es el comprendido desde el 24 de marzo hasta el día anterior a la fecha de apertura. Es decir que, a partir del día en que se vuelve a prestar servicio correrán los términos para los efectos legales.
La Superintendencia de Notariado y Registro invita a los usuarios del servicio público registral y que van a acceder a este de manera presencial, a que acaten los protocolos y medidas de bioseguridad implementadas en cada sede. La mitigación del riesgo de contagio y propagación del COVID-19 es una tarea de todos.
Las Oficinas de Registro de Instrumentos Públicos que cuentan con la posibilidad de realizar la radicación remota no presencial de las escrituras públicas, lo podrán seguir haciendo. Es decir, las notarías deberán enviar el documento a las oficinas, a través de un correo habilitado para este fin. De esta forma el usuario podrá realizar todo el trámite de registro desde la notaría.