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"Se está interpretando de manera tendenciosa y equivocada la sentencia de la Corte Constitucional": Procurador Agrario del Tolima

El procurador Agrario y Ambiental del Tolima, Ernesto Cardoso, explicó en Econoticias que significa la sentencia de la Corte Constitucional que para muchos sectores le dio un nuevo impulso a Cortolima para enfrentar el tema de la minería en el Tolima.
10 Feb 2016 - 10:53 COT por Ecos del Combeima

Según el funcionario se está mal interpretando de manera tendenciosa y equivocada pues la decisión de la Corte lo que hizo fue restablecerle la competencia a las Corporaciones Autónomas Regionales para otorgar permisos y concesiones de agua en el marco de una licencia ambiental previamente otorgada por la autoridad nacional en los proyectos estratégicos y de interés nacional. 

“Era lógico que  la Corte tomará esta decisión pues la Procuraduría desde que se produjo el decreto declaro que era ilegal porque las autorizaciones y permisos ambientales están constituidos en la Constitución y en la ley 99 de 1993 le otorga a las Corporaciones Autónomas las competencias para otorgar permisos y algunas licencias ambientales, por tanto el decreto no podía quitarle las competencias que le otorga la ley”, explicó el funcionario. 

Sobre la legitimidad de los territorios para adelantar procesos de consulta en temas de minería frente a la posición de la Corte Constitucional, Cardoso indicó que “realmente creo que no tiene la facultad porque si nos vamos a la extensión del fallo de la Corte, podríamos llegar a un fenómeno que quiero que la ciudadanía piense, nosotros tenemos en la Constitución Política un estado social de derecho de carácter unitario y para que los territorios tengan la autonomía de decidir sobre la minería tendríamos que cambiar el modelo a un sistema federal, hay que recordar que la Corte en la sentencia 123 de marzo 5 del 2014 claramente señaló que la ley 685 del 2001 en su artículo 37 que expresamente prohíbe a las autoridades territoriales restringir áreas de su territorio para actividad minera está vigente y avalada, por tanto no se puede darle un efecto más allá del que realmente la Corte ha señalado”.  

Con respecto a la posición del alcalde Guillermo Jaramillo y los señalamientos de persecución que se circulado con respecto a la Procuraduría, el funcionario expresó que “aplaudo la actitud del alcalde porque me parece inteligente, sensata y prudente, él tiene claro que la Procuraduría tiene función preventiva y en este sentido se ha dicho que no existe en la legislación vigente posibilidades de hacer consultas populares para excluir aéreas en los municipios o departamentos de la actividad minera”.

La red de veeduría ciudadana, que dirige Pablo Bustos, le solicitó a la Fiscalía General de la Nación que iniciara una indagación preliminar en relación con la intención de convocar consulta popular minera en Ibagué, de eso nadie habla cuando es curioso que un organismo creado por la ley para que el ciudadano ejerza su derecho de vigilar la actuación pública. Lo que hay es una confusión porque algunos sectores en su derecho de opinar están hablando cosas que no son, esto no es cuestión de volcarse contra la Procuraduría porque nosotros solo estamos realizando el trabajo de prevenir al servidor público sobre los problemas que puede enfrentar al ir en contravía con la Constitución y la ley llevándolo a una extralimitación de funciones o arrogarse una competencia que no tiene y por supuesto lo podría llevar a una sanción, el tema de política minera la decide el Gobierno Nacional”. 

Por su parte César Picón, ex director de Participación Ciudadana, se refirió en una columna de opinión a Cardoso como “el  procurador que vale oro”, en este sentido explicó que “nuestra posición ha sido vertical con respecto a la defensa de los derechos de la ciudadanía, el año pasado estuvimos convocando una reunión donde citamos expertos juristas y citamos a los alcaldes de Ibagué, Cajamarca y el Espinal para explicarles las razones por las cuales consideramos que las consultas populares son válidas, las mismas que el señor procurador del Tolima ha tratado de mostrar como ilegales o inconstitucionales,   el procurador se ha puesto del lado contrario a la ciudadanía y todos estamos esperando que defienda el derecho que tenemos todos de gozar de un ambiente sano, el procurador se puso del lado de la minería y ha venido desacreditando las iniciativas de consulta popular por todos los medios posibles”. 

César Picón, además expresó que han pasado tres años después de que supuestamente se le abrió una investigación a los concejales de Piedras por el tema de la consulta minera y  hasta el momento no les han ejercido ningún tipo de sanción en su contra. 

Frentes a estas acusaciones el procurador Agrario del Tolima aseveró que “debo recordarle al señor Picón que soy un servidor público por tanto estoy  sometido a la Constitución y la ley, no puedo aunque sea noble el proyecto de defender un ambiente sano pasarme por encima de lo legal y tampoco estoy tomando partido solo estoy aplicando una función preventiva que es hacer respetar la ley, la Constitución y los actos administrativos. La consulta no procede para ese tipo de decisiones y nuestro deber es advertirle a la ciudadanía, advertir no es infundir temor cuando uno está actuando como se debe actuar, no tiene por qué temer que lo entren a investigar”. 

El procurador además resaltó que la Constitución determina la autonomía territorial de las Gobernaciones, Alcaldías y Resguardos Indígenas y que en el artículo 288 claramente remite como se estructura la organizacional territorial y las competencias que tienen. 

Sin embargo causa curiosidad que César Picón quien actuó en la administración de Delgado Peñón, manejando los mecanismos de participación no promoviera desde ese tiempo la iniciativa de una consulta minera por lo cual afirmó que “son erróneas las interpretaciones judiciales que se hacen  sobre las consultas mineras para infundir miedo y no permitir que la ciudadanía se organice, creemos firmemente que Ibagué tiene autonomía para tomar la decisión, en la administración pasada pensábamos en convocar la consulta minera sin embargo al convocar a los 47 municipios se estaría convocando cerca de 350 mil personas a votar donde en la mayoría de los casos no sienten el impacto de la minería y tampoco era posible únicamente convocar a los municipios de la Cuenca Coello”. 

Cardoso aclaró que aun cuando la consulta tuviera efecto no tendría validez sobre los procesos que ya se adelantan en cuestión de minería pues la ley no puede ser retroactiva además indicó que la Procuraduría tiene como función defender los derechos ciudadanos y siempre estará de su lado, por lo cual siempre ha estado a favor de concertar entre el Gobierno Nacional y los entes territoriales para efecto de  las competencias constitucionales en el marco del estado legal de derecho unitario.