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Lo que necesita saber sobre la donación de órganos en Colombia

Desde el pasado sábado, ante la entrada en vigencia de la Ley 1805 de 2016, todos los colombianos nos convertimos en donantes de órganos y tejidos, a menos que hayamos dejado explícito que no queremos serlo.
11 Feb 2017 - 21:54 COT por Ecos del Combeima

El 4 de agosto del año pasado el Congreso aprobó esta ley, con la que espera salvar más vidas. Dejó claro, en esa fecha, que las instituciones tendrían un plazo de seis meses para que hicieran las modificaciones pertinentes y se empezara a aplicar en forma. Cumplido ese tiempo, hoy toda la población colombiana es considerada donante de órganos para fines de trasplantes y otros usos terapéuticos.

El trasplante de órganos es un tratamiento médico por medio del cual órganos, tejidos y células enfermas son reemplazados por las de un donante. Estos procedimientos ofrecen excelentes resultados en la calidad de vida de las personas, además de prolongarla. Actualmente, en Colombia se trasplantan órganos como corazón, pulmones, hígado, riñones, intestino y páncreas, y tejidos como córneas, piel, huesos, médula ósea, vasos sanguíneos, válvulas cardiacas, cartílagos, tendones, esclera y membrana amniótica.

Con la nueva reglamentación, quienes expresen en vida que no quieren ser donantes deberán hacerlo a través de un documento escrito, autenticarlo ante un notario público y radicarlo ante el Instituto Nacional de Salud (INS). También podrán oponerse en el momento de afiliarse a la EPS, que a su vez tendrá que informar al INS.

Los niños podrán ser donantes, siempre y cuando sus representantes legales expresen su consentimiento informado para la donación de órganos y tejidos dentro de las ocho horas siguientes a la muerte cerebral.

Tomado de El Espectador (ver nota original)