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Juez le prohíbe al presidente Abelardo de la Espriella participar en actos religiosos que comprometan al Estado

Un juzgado de Bogotá emitió una decisión dentro de una acción de tutela presentada contra el presidente Abelardo Gabriel de la Espriella Otero, relacionada con su participación en un acto religioso mientras ejercía funciones como jefe de Estado. 
Imagen
Abelardo de la Espriella., presidente de la República.
Crédito
Archivo
24 Sep 2026 - 10:10 COT por Alfonso Aya Roa

El Juzgado 804 Transitorio de Familia de Bogotá D.C. resolvió un a acción de tutela presentada por Julio Jair Mizger Díaz, quien argumentó una presunta vulneración de los derechos a la libertad de conciencia, la libertad de cultos y el principio de laicidad del Estado.

El nrecurso estaba relaciobado con un evento denominado “Gran velatón por las víctimas del terremoto”, realizado el 29 de agosto de 2026 en la Plaza de Bolívar de Bogotá, actividad en la que participó el mandatario.

La decisión judicial señala que, el presidente deberá abstenerse de realizar actos oficiales de carácter confesional en ejercicio de sus funciones, cuando estos impliquen una adhesión o identificación del Estado con una determinada religión. 

El fallo hace referencia a la necesidad de preservar la separación entre las instituciones públicas y las expresiones religiosas particulares, teniendo en cuenta el carácter pluralista del Estado colombiano.

Lo que se busca a través de esta acción judicia es que se adoptaran medidas de reparación simbólica relacionadas con la neutralidad religiosa del Estado y que se diera traslado a las autoridades correspondientes para revisar posibles actuaciones disciplinarias.

Según la Constitución Nacional establece que Colombia es un Estado social de derecho que garantiza la libertad de cultos y reconoce la diversidad religiosa de sus ciudadanos.

La discusión jurídica alrededor de la participación de funcionarios públicos en eventos religiosos se ha centrado en determinar los límites entre las expresiones personales de fe de los servidores públicos y sus actuaciones oficiales como representantes del Estado.