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Congreso deberá agilizar el trámite del proyecto denominado vacunas por impuestos

El presidente Iván Duque envió el mensaje de urgencia para que esta iniciativa propuesta por Ricardo Ferro sea aprobada antes de diciembre, se busca el acceso general a la vacuna contra el COVID-19.
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Ecos del Combeim
22 Oct 2020 - 10:44 COT por Ecos del Combeima

El Gobierno Nacional le dio mensaje mensaje de urgencia al proyecto de ley de autoría del representante del Centro Democrático, Ricardo Ferro, ‘vacunas para todos’, la iniciativa permitirá que los colombianos accedan gratuitamente a la vacuna contra el COVID-19.

Una de las mayores preocupaciones en medio de esta pandemia es el acceso a la vacuna para poder reactivar la economía y regresar a la normalidad, por lo mismo, el representante Ricardo Ferro ha venido trabajando en un proyecto de ley fundamental para garantizar el acceso gratuito, universal y rápido de la vacuna contra el COVID – 19, siendo este proyecto respaldado por el Presidente Duque.

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El proyecto de ley radicado por el parlamentario creará un beneficio tributario para apoyar la financiación de los asuntos relacionados con la inmunización de la población colombiana contra el Covid–19, a través de unas donaciones que se realicen a la subcuenta de mitigación de emergencias del Fondo Nacional de Gestión del Riesgo, destinadas a la adquisición de vacunas y demás actividades enfocadas a lograr la inmunización en el territorio nacional contra esta pandemia.

Según lo establecido por el Proyecto, el esquema de vacunas de Colombia seguirá siendo gratuito.

Este mensaje de urgencia obliga a que el trámite por parte del Congreso, se surta en un tiempo máximo de treinta días con lo cual se espera que antes del mes de diciembre se le pueda garantizar el acceso a la vacuna contra el COVID - 19 a todos los colombianos.

Para poder financiar el proyecto se podrá acceder a un crédito fiscal por un valor del 50% de la donación realizada y certificada por el Gerente del Fondo aplicable para la compensación de impuestos nacionales. El crédito fiscal aquí establecido no generará saldo a favor susceptible de devolución. Este funcionamiento es similar al que existe actualmente en el Estatuto Tributario para quienes realicen donaciones.