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Corte Suprema de Justicia denegó tutela contra Ricardo Orozco

Los ciudadanos Carlos Iván Moreno, Andrés Restrepo y los ex senadores Carlos García y Mauricio Jaramillo habían solicitado que no se permitirá la participación del gobernador electo en el proceso electoral porque se les violaba el derecho fundamental de elegir y ser elegidos.
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Ecos del Combeima
31 Oct 2019 - 7:32 COT por Ecos del Combeima

Econoticias conoció la decisión adoptada por la Corte Suprema de Justicia en la que se determinó denegar el amparo al derecho fundamental de elegir y ser elegidos solicitado por los ciudadanos Carlos Iván Moreno, Andrés Restrepo y los ex senadores Carlos García y Mauricio Jaramillo.

Los quejosos afirmaban en la solicitud, que el permitir que el gobernador electo participara en el proceso electoral afectaba este derecho fundamental, al igual era un atentado contra la democracia.

“Sí se confrontan los hechos con el artículo 40 de la Constitución Política de Colombia y el numeral 1 del artículo 30 de la ley 617 de 2000, surge la necesidad de asegurar el derecho a elegir a un candidato dentro de un marco de legalidad permitiendo de este modo que la base política y electoral ejerce su soberanía y designe a la primera autoridad política y de Policía en el departamento del Tolima de manera auténtica limpia y transparente sin que su elección se expresen una candidatura que corre el riesgo de ser legal porque la luz de la constitución política y el ordenamiento jurídico Colombia se encuentra de Cara a un candidato inelegible”.

Contexto:

El 23 de septiembre del presente año, el ciudadano Carlos Iván Moreno presentó la acción de tutela pero se encontró por parte de los magistrados que esta persona no votaba en el Tolima, por lo cual no era improcedente afirmar que le afectaba un derecho fundamental la participación de Orozco en la contienda electoral, esta situación llevó a que se determinara que el proceso no se cumplió con ninguno de los requisitos específicos.

Entre los argumentos que sustentaron la petición, esta que la Sala Penal del Distrito Judicial de Pasto no había hecho un estudio riguroso del caso de Orozco, además no debió anular la sentencia condenatoria sino dejarla en firme. Por cual existían vicios de legalidad

En el documento se reveló que el 23 de junio de 2005 se dejó sin efectos la sentencia condenatoria que había sido proferida el 27 de abril de 1999 por el Juzgado Penal del Circuito de Mocoa contra Ricardo Orozco por tentativa de homicidio, situación que puso en alerta a los quejosos.

En la solicitud se había pedido vincular a la Procuraduría, partidos políticos, al final cada parte junto a los jueces de la Republica que participarán en el estudio de la tutela coincidieron que la acción de tutela era improcedente 

Cabe destacar que los ex senadores Carlos García y Mauricio Jaramillo entraron a este proceso como coadyuvantes, los experimentados políticos del Tolima le advirtieron a la entidad judicial de presuntas irregularidades cometidas durante el tiempo que desempeñó el cargo de secretario del Interior del Tolima.