Extreman control sobre IPS que atienden SOAT
En los 16 primeros meses del periodo de gobierno, la Superintendencia Nacional de Salud ejercició la inspección, la vigilancia y el control con 36 auditorías y 6 medidas cautelares a instituciones que prestan los servicios de salud a pacientes víctimas de accidentes de tránsito y cuya atención es pagada con recursos del SOAT.
Las entidades auditadas son 25 instituciones prestadoras de servicios de salud y 11 empresas de Transporte Especial de Pacientes. TEP, ubicadas en los departamentos de Córdoba, Atlántico, Valle del Cauca, Antioquia, Tolima, Risaralda, Cesar, Bolívar, Magdalena, Norte de Santander y Bogotá.
“Con las visitas inspectivas, la Supersalud busca que se adopten decisiones que impacten la calidad de la prestación de los servicios a la población, a través de los planes de mejoramiento que deben garantizar la corrección de las deficiencias encontradas”, señaló el Superintendente Nacional de Salud, Ulahí Beltrán López.
A través de las medidas cautelares se ordenó la cesación provisional de las acciones que ponían en riesgo la vida o la integridad física de los pacientes y cobijaron a la Corporación Médica Salud para los Colombianos, sede Pinares y a la IPS Fracturas y Fracturas SAS, ubicadas en Pereira (Risaralda); la Clínica Erasmo Ltda., ubicada en Valledupar, Cesar; la Clínica Bahía y TEP RUC Magdalena, en Santa Marta, y la Clínica Santa Ana, en Cúcuta, Norte de Santander.
Se han articulado acciones de inspección y vigilancia con las secretarías distritales de Salud de Cali, Bogotá y Barranquilla, y con el Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos, Invima, que han arrojado como resultado las siguientes medidas ordenadas por los entes territoriales antes citados: suspensión temporal en servicios como urgencias, cirugía y hospitalización, así como en el proceso de esterilización, el sellamiento de ambulancias, el congelamiento de equipos, y el decomiso de medicamentos y dispositivos médicos vencidos o mal almacenados.
Durante la auditoría realizada a la empresa Asistencia Médica en Línea SAS, se identificaron dos ambulancias en operación a pesar de la orden de suspensión del servicio ordenada por la Secretaría Distrital de Salud de Bogotá el 18 de julio de 2023.
Los resultados de las auditorías fueron trasladados a las secretarías de salud territoriales correspondientes, la Fiscalía General de la Nación, los ministerios de Trabajo y Transporte.
De otra parte, al interior de la Superintendencia dichos traslados se produjeron para que se adelanten acciones de acuerdo con sus competencias, a las dependencias de Investigaciones Administrativas, Entidades Territoriales y Gestores Farmacéuticos.
Hallazgos
Deficiencia en el registro de historias clínicas: registros realizados por médicos generales, que no corresponden a las atenciones efectivamente realizadas o con registros de heridas de gran magnitud y que en la verificación se comprueba que no corresponden a la realidad.
-Reporte como accidente de tránsito de caídas simples para afectación de pólizas.
-Pacientes de accidentes de tránsito ingresados a las entidades sin realización de Triage, y en algunos casos no corresponden a SOAT
-Facturación de insumos, medicamentos y procedimientos médicos sin soporte de la prestación efectiva del servicio.
-El servicio farmacéutico no garantiza el adecuado almacenamiento y/o distribución de los medicamentos y dispositivos médicos
-Agendas de especialistas, con evidente congestión, toda vez que se programan hasta 20 pacientes para atender en un rango de 3 a 4 horas.
-No se garantiza la dotación requerida en cumplimiento de los requisitos de habilitación en los diferentes servicios para la atención segura de los usuarios.
-Carros de paro que no cuentan con la dotación requerida para la reanimación cardio cerebro pulmonar.
-No se garantiza el cumplimiento de las condiciones y requisitos de habilitación para la infraestructura en los servicios de urgencias y salas de cirugía para la atención de los usuarios.
-Doble habilitación de servicios y servicios habilitados no prestados y servicios prestados sin habilitación.
-Frente al material de osteosíntesis, no se realiza el diligenciamiento de las tarjetas de implante por triplicado.
-Deficiencias en la implementación del Sistema de Emergencias Médicas (SEM) por -Debilidad en los controles de traslados de los pacientes víctimas de accidente de tránsito por parte del Centro Regulador de Urgencias y Emergencias – CRUE en los territorios.
-Información reportada carente de integralidad y veracidad.
-Obstrucción al cumplimiento de las funciones de Inspección y Vigilancia al ocultar o dilatar la entrega de información sobre procedimientos y actores del proceso de auditoría.
“Este tipo de actuaciones de la Supersalud que seguirán en el 2024 y que conducen a la imposición de medidas de control a IPS que atienden pacientes víctimas de accidentes de tránsito con recursos del seguro obligatorio de tránsito, más conocido por sus siglas SOAT, hacen parte del cumplimiento de la labor misional de este ente de control de defender el derecho a la salud de los habitantes de este país y la protección de los recursos públicos que se disponen para el goce efectivo de este derecho”, concluyó el superintendente nacional de Salud Ulahí Beltrán López.