Fedeseguridad advierte sobre necesidad de modificar el estatuto de vigilancia y seguridad privada en Colombia
Aunque fue una iniciativa útil para su tiempo y permitió organizar el sector, el Estatuto de Vigilancia y Seguridad Privada (Decreto Ley 356 de 1994) estaba pensado para servicios de hace 27 años, cuando el uso de guardas armados era la característica fundamental, por lo que es necesaria su actualización en cuanto alcance y contenido.
Así se desprende del estudio “Un mundo que avanza, una norma que se queda: 27 años del Estatuto de Vigilancia y Seguridad Privada en Colombia”, con el que Fedeseguridad quiere dar un aporte real de análisis de la norma y sugerir una vía para sus posibles modificaciones.
Se trata del primer y único estudio de evaluación ex post hecho en Colombia para el sector de seguridad privada, y llama la atención acerca de temas como la dificultad de acceso a los servicios de tecnología, capital extranjero y la productividad.
Sobre el particular Nicolás Botero – Páramo Gaviria, Presidente Ejecutivo de Fedeseguridad, indicó que “este es un documento clave para el momento que vive el país, donde se está discutiendo el modelo de seguridad ciudadana que vamos a tener y se está hablando de crear un nuevo Ministerio de Paz y Convivencia. Aquí hacemos nuestro aporte desde la seguridad privada para tener insumos sobre las consecuencias de las barreras que se crearon hace 27 años para acceder a este mercado.”
En relación con los hallazgos, advirtió que “encontramos cosas muy interesantes, como que este es un sector cada vez menos basado en seguridad con armas de fuego. Hay una caída sustancial en el uso de estos elementos para los servicios que se prestan. Por ejemplo, en las afiliadas de Fedeseguridad, podríamos estar hablando de que solo el 30% de los servicios tiene ese componente. Igualmente, hay todo un mercado de ciberseguridad y tecnología de la información que se desarrolló en el país, con toda libertad, en el que las empresas de vigilancia tienen un rezago para participar por sus barreras regulatorias”. Y resaltó que “hay una cosa muy llamativa: las empresas de vigilancia están varios puntos por debajo de la media de productividad de las empresas de servicios, lo que pareciera ser ocasionado por la regulación, que desincentiva la inversión en tecnología, la contratación estable y el acceso a capital extranjero de nuestras empresas. En palabras coloquiales, somos improductivos por norma”.
Entre otras, el estudio encontró las siguientes consecuencias:
Acceso a tecnología y realidad del servicio
· Las Empresas de Vigilancia y Seguridad Privada en Colombia no pudieron desarrollarse de manera adecuada por cuenta de reglamentaciones como objeto único y tipo societario, que restringen la inversión solo a personas naturales de nacionalidad colombiana.
· Aunque restringido para las Empresas de Vigilancia y Seguridad Privada de Colombia, el segmento de ciberseguridad ha crecido 10 veces desde 1997. En términos de empresas por ejemplo de 120 importadores y comercializadores en ese año, se pasó a 1218 en 2019.
· La vigilancia y seguridad privada cada vez se orienta más hacia el uso de recursos como la tecnología, la ciberseguridad y las armas no letales, por lo que el Estatuto hoy resulta obsoleto y no permite a las empresas de vigilancia prestar servicios que demandan los usuarios.
Armas
· El uso de las armas de fuego en vigilancia, que era una de las principales razones para la existencia de la norma, es cada vez menor y menos apetecido entre los usuarios de estos servicios. De hecho, hay una distorsión desde el punto de vista regulatorio y hay discrepancias entre las fuentes oficiales o se ignora el dato exacto de cuántas de las armas entregadas a las empresas, están realmente en uso.
· El control que se hace de tenencia y uso de armas a las empresas de vigilancia y seguridad, no evita la posesión y manejo de armas en manos de particulares, para diversos usos. La información disponible no da cuenta de cuál es el estado real de las armas circulantes en Colombia.
Socio extranjero
· La orientación de control hacia la nacionalidad del socio de la empresa y no hacia sus beneficiarios reales, es equivocada y genera desigualdad. Se permitió la continuidad de inversión extranjera donde la hubiera y esa inversión ha sido destacada. Pero se ignora si existen en empresas de apariencia nacional acuerdos de los socios colombianos de empresas de vigilancia para comportarse de forma específica, de acuerdo con instrucciones de empresas o personas extranjeras. En conclusión, hoy es posible no saber quién es, en realidad, el controlante o beneficiario real de una empresa.
· Se desconoce el hecho de que el crimen organizado en múltiples delitos se comporta como una red trasnacional, lo que genera más preguntas que respuestas. No se conoce la primera sanción por incumplir la norma, porque solo se verifica la nacionalidad del socio y no sus conexiones. Esto no evita una eventual instrumentalización de las empresas para cometer acciones delincuenciales, para lo cual ya existen regulaciones mucho mejores y más eficientes como las usadas en el sistema financiero por ejemplo.
Mercado
· Aunque el mercado de la vigilancia crece, no hay certeza de que lo haga de forma ideal. Se formó un tejido empresarial de 80% de medianas y pequeñas empresas que solo logran atender el 20% del mercado, esto ha sido posiblemente promovido por la política pública.
· Y en ese modelo de empresa pequeñas y medianas se generan incentivos para deteriorar la calidad del trabajo, por cuenta de los ahorros que debe buscar para rentables: por ejemplo, hay malas liquidaciones laborales, hay alta rotación o lo que también es lo mismo no hay carrera profesionalizante y la formación es básica.
· De otro lado, el 20% de las empresas, que son grandes, venden el 80% del mercado, lo que evidencia la que si bien hay vigorosa competencia, pero otros factores como productividad, inversión en tecnología, desarrollo profesional o estabilidad laboral no se han desarrollado adecuadamente.
· Las limitantes al capital extranjero, la inversión en tecnología y la estabilidad laboral, que son las condiciones para la productividad de una empresa de servicios, terminan por convertir el sector de la vigilancia y seguridad privada en un mercado laboral improductivo y de baja calidad.
La propuesta
El análisis demuestra que es necesario evaluar alternativas que permitan a los usuarios contar con una oferta innovadora, eficiente y productiva, con la competencia como mecanismo para lograr un desempeño eficiente y una oferta de servicios innovadores y de calidad.
Organizaciones como UNODC resaltan que tener un sector de vigilancia y seguridad privada debidamente regulado, contribuye a la reducción del crimen y a mantener la seguridad de la comunidad, gracias a la articulación público - privada y a la información compartida con la fuerza pública.
La recomendación para mejorar la norma es abarcar todas las actividades de seguridad privada que pueden desarrollarse para evitar vacíos normativos, asegurar la rendición de cuentas y lograr la contribución de la seguridad privada a la prevención del delito. Entre los aspectos a actualizar, deberían incluirse:
· Las facultades y restricciones del sector de la seguridad privada. Donde se debe desregularizar el modelo de objeto único de socio persona natural y nacional colombiano.
· Si los trabajadores del sector de la seguridad privada tienen facultades especiales o el derecho a portar armas y sus esferas de actuación.
· Un mecanismo de concesión de licencias, sujetas a códigos de conducta.
· Obligar a las empresas a tener procedimientos operativos estándar, documentados y formalizados, incluido el almacenamiento seguro de la información y documentación del cliente.
· Una reglamentación especial sobre la seguridad física y las condiciones de trabajo de los agentes de seguridad privada civil.
· Un esquema y procedimientos expeditos de quejas en relación con el proveedor de seguridad privada civil.
· Normas y procesos apropiados para minimizar el riesgo de corrupción.
· Capacitación apropiada para el sector, desde organismos estatales o no estatales, o de órganos de seguridad privada civil sujetos a los debidos controles reglamentarios.
El informe de 114 páginas será entregado a los encargados de la Comisión de Empalme del entrante gobierno del presidente Gustavo Petro, para que sirva como insumo en un eventual proceso de revisión y mejora del Decreto Ley 356 de 1994 - Estatuto de Vigilancia y Seguridad Privada.