Gobierno firmó decreto que regula el uso de armas traumáticas en el país

Durante el Primer Encuentro de Seguridad, Justicia y Convivencia, con la presencia de los gobernadores y alcaldes del país, el ministro Molano, sostuvo que este decreto entraría en vigencia a partir de la próxima semana después de recibir la firma del presidente Iván Duque.
"Hoy firmamos el decreto de control y regulación de #ArmasTraumáticas. Entrará en vigencia a partir de la próxima semana con la firma del presidente @IvanDuque. Así evitaremos el uso inadecuado que se ha visto en las calles, afectando integridad de personas y de la Fuerza Pública", indicó a través de su cuenta de Twitter.
Del mismo modo, manifestó que esto implicaría que las armas traumáticas, consideradas como ‘menos letales’, pasaran a tener el mismo trato que las armas de fuego, teniendo en cuenta que la utilización de las mismas estará restringido a la Fuerza Pública y se dejó claridad de que los permisos solo se expedirán en casos excepcionales ya que la prohibición al porte de armas de fuego en el país sigue vigente.
"Este Decreto evita el uso inadecuado de esas armas, implica que ese incremento que ha tenido en varias de las ciudades sea controlado y regulado. Se asimila el arma traumática a un arma de fuego, y se exige el uso de porte y tenencia o permiso especial", indicó el jefe de la cartera de Defensa.
Por otra parte, los documentos para adquirir una de estas armas, deberán ser presentados con cita previa en el Departamento de Control de Comercio de Armas, Municiones y Explosivos del comando de las Fuerzas Militares o sus seccionales (entidad encargada de otorgar el permiso) y allí, se tomarán las huellas dactilares del solicitante y se realizarán fotografías para el Sistema de Información de Armas, Municiones y Explosivos.
Los requisitos para obtener armas traumáticas:
Personas naturales
- Cédula de ciudadanía.
- Certificado de aptitud sicofísica expedido por entidades autorizadas por la Dirección General de Sanidad Militar.
- Certificado de manejo de armas expedido por una entidad por el Departamento Control Comercio de Armas, Municiones y Explosivos.
- Factura de venta o declaración de importación del arma.
Personas jurídicas
- Cédula de ciudadanía del representante legal.
- Concepto favorable emitido por la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada.
- Factura de venta o declaración de importación del arma.
A su vez, quedó estipulado que las personas que ya tengan arma traumática, tendrán un tiempo de transición para que la puedan legalizar y obtener el permiso para porte o tenencia.