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“No hay derecho que una ley que fue estudiada y aprobada para beneficiar a miles de colombianos, sea empañada con cobros adicionales que quieren hacer algunas entidades”: Senador Iván Darío Agudelo

El autor de la iniciativa que dio origen a la ley 2027 de 2020 prendió las alarmas e hizo el llamado a los entes de control para que se vigile y evite que algunas dependencias le hagan el esguince a la ley para recaudar más de lo permitido.
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30 Jul 2020 - 16:49 COT por Ecos del Combeima

Reza el dicho popular en Colombia que ‘hecha la ley, hecha la trampa’ y al parecer esa es la premisa que están empleando algunas dependencias de tránsito en el país desde que fue sancionada por el presidente Duque la Ley 2027 de 2020 que otorga amnistía a personas que tengan comparendos pendientes de pago desde mayo 31 de 2020 hacia atrás con la condonación del 100% de los intereses de mora y el pago del 50% del valor total de dichas sanciones y sin el pago de cursos u otros rubros.

“Tendríamos que estar contando que la gente acogió con alegría y entusiasmo esta amnistía a través de la Ley 2027 que fue sancionada por el Presidente de la República el pasado viernes 24 de julio que beneficia a más de 4 millones de usuarios morosos y se aplicará a más de 11 millones de comparendos que hoy suman más de 6 billones de pesos pero lo que está sucediendo es que ya algunos organismos de tránsito están cobrando costos adicionales y ya hicimos el llamado a todos los entes de control, al Ministerio de Transporte y a las autoridades porque nadie puede estar cobrando nada adicional como costos de sistematización y otros que se han inventado, buscando abusar de los usuarios beneficiados para sacarles más dinero del que deben pagar”, afirmó el autor de esta ley, el senador Iván Darío Agudelo Zapata.

Afirmó que esta amnistía beneficiará a muchos conductores de buses, de taxis, de camiones, mensajeros en moto, camioneros y demás que no han podido ponerse al día con deudas onerosas por comparendos de tránsito y muchas personas ni han podido acceder a una oportunidad laboral al no tener actualizada o al día su licencia de conducción.

 

Conozca el ABC de la Ley 2027 de 2020:

Asunto: Ley 2027 de 2020 Por medio de la cual se establece amnistía a los deudores de multas de tránsito, se posibilita la suscripción de acuerdos de pago por deudas de los derechos de tránsito a las autoridades de tránsito y se dictan otras disposiciones”

  1. ¿Quiénes se benefician con esta Ley? Beneficiará a cerca de 4 millones de personas que tengan multas de tránsito por conductas cometidas hasta el 31 de mayo de 2020.
  2. ¿Quiénes no se benefician? Excluye del beneficio a los infractores que hayan realizado la conducta bajo los efectos del alcohol o sustancias psicoactivas a las que hace referencia la ley 1696 de 2013.
  3. ¿Cuál es el beneficio? Las personas podrán acceder a una reducción del 50% del valor de la multa que les fue impuesto y un100% de los intereses. Para dar un ejemplo, si se les impuso una multa por valor de 800.000 pesos, hace un año y la persona además debe 300.000 por intereses de mora, solo tendrá que pagar 400.000 pesos, pues el otro 50% y los intereses serán amnistiados, eso quiere decir que tendrá un ahorro de 700.000 pesos.
  4. ¿Cuál es el plazo para acceder al beneficio? Pueden realizar acuerdos de pago hasta el 31 de diciembre de 2020, pero algo importante, para cumplir con la deuda, podrán diferir el pago hasta en un año, contando desde la fecha en que realizan el acuerdo.
  5. ¿Si me encuentro en una ciudad diferente a la donde tengo la multa, cómo puedo realizar el pago? La ley contempla que las personas puedan realizar acuerdos de pago directamente con los organismos de tránsito, pero también podrá realizarlos con el sistema integrado de información sobre multas y sanciones por infracciones de tránsito -SIMIT- en cualquiera de sus oficinas del territorio nacional o con aquellos entes públicos o privados con los que los organismos de tránsito hayan suscrito o suscriba contratos o convenios. Esto quiere decir que las personas tendrán todas las garantías para acceder al beneficio, sin importar el lugar del país en el que se encuentre.
  6. ¿Es la primera vez que se consagran amnistías para multas? No es la primera vez que se consagran amnistías frente a multas de tránsito y otra serie de impuestos que tengan alta morosidad con el Estado, pues lo que se busca no es premiar al infractor, sino dar la oportunidad de sanear  las deudas con el Estado mejorando los ingresos para las entidades locales, los antecedentes más recientes son: la amnistía de la Ley 1450 de 2011, donde se logró que durante la amnistía fueran pagados 4.029.322 comparendos, lo que equivalió a un recaudo de un valor de $796.934.268.702 (setecientos noventa y seis mil millones novecientos treinta y cuatro millones, doscientos sesenta y ocho mil, setecientos dos pesos)
  7. ¿Por qué es necesaria la amnistía? De acuerdo con el Sistema Integrado de información sobre multas y sanciones por infracciones de tránsito –SIMIT- con corte a 31 de mayo de 2020 reporta que existen 4.286.831 personas morosas con un total de 11.096.082 multas pendientes de cobro, lo que en recursos equivale a 5,87 billones de pesos. Esta ley ayudará a que las personas que no han podido ponerse al día en sus obligaciones, tengan un alivio y puedan cumplirse al Estado, también es necesario para recuperar gran parte de esos recursos que van orientados a mejoramiento de la red vial y procesos de educación vial.
  8. ¿Qué otros beneficios contiene esta ley? Debe destacarse también, que la presente ley también brinda la posibilidad a los organismos de tránsito que tienen pendiente pagos al ministerio de transporte por concepto de especies venales, es decir, los valores adeudados por los tramites que el Ministerio autoriza a cada organismo de tránsito a realizar, sobre los cuales le corresponde un porcentaje al ministerio y a la fecha no se hayan pagado. En esos casos, los organismos de tránsito podrán realizar los pagos a partir del 1 de enero de 2021, eso permitirá que tengan un plazo mayor para contar con recursos para cubrir sus deudas con el ministerio de transporte.

Agregó el senador Agudelo que es una muy buena oportunidad que puede ser aprovechada por quienes tengan la intensión de pagar sus comparendos o multas pendientes y que por cuestiones económicas no lo hayan podido hacer, poniendo en claro que no se trata de incentivar ni de promover la cultura del ‘no pago’ sino que se está dando una oportunidad única para ponerse al día y a la vez a los diferentes municipios y dependencias de tránsito para que recauden importantes recursos que de otra manera no sería rápido ni posible.

“No hay derecho a que en medio de las actuales condiciones y luego de todo lo que hicimos desde el Congreso de la República, que logramos que el Presidente de la República acompañara este esfuerzo, pueda verse empañado por algunas dependencias que quieran cobrar temas adicionales que la ley no contempla porque por ejemplo, también quitamos el curso que antes era obligatorio y logramos beneficiar a más de 4 millones de colombianos y no vamos a permitir que abusen de ellos”, concluyó.

Escuche la entrevista completa:

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