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A sanción presidencial pasó el proyecto de Ley que le pone 'dientes' para la Superintendencia de Salud

Entre las nuevas actuaciones de la SuperSalud está la sanción la cual antes solo iba hasta los 2.500 SMLMV, ahora serán de hasta 8.000 para personas jurídicas y hasta los 2.000 para personas naturales.
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Asamblea Tolima
20 Dic 2018 - 7:24 COT por Ecos del Combeima

 

Como lo prometió el superintendente de Salud, Fabio Aristizábal, ya se le está dando forma al proyecto de Ley que busca ponerle ‘dientes’ a la entidad y de esa manera poder hacer respetar a los usuarios de las diferentes EPS y sancionar a las que incumplan con el servicio médico.

Entre las nuevas actuaciones de la SuperSalud está la sanción la cual antes solo iba hasta los 2.500 SMLMV, ahora serán de hasta 8.000 para personas jurídicas y hasta los 2.000 para personas naturales.

Contempla también, multas sucesivas para quienes no cumplan con una orden impartida por la Entidad, de hasta de 3.000 SMLMV para personas jurídicas y hasta los 300 SMLMV para personas naturales.

Al mismo tiempo se adopta un catálogo más amplio de sanciones, entre las que se encuentra la inhabilidad de hasta por 15 años a representantes legales, revisores fiscales y gerentes de EPS o de las demás entidades vigiladas.

“Luego de su aprobación en Plenaria del Senado, el Proyecto de Ley que busca otorgarle mayores facultades sancionatorias a la Superintendencia Nacional de Salud, quedó a un paso de convertirse en Ley de República”, dijo Aristizábal.

Agregó que este proyecto le permitirá a la entidad actuar con severidad frente a los casos de abuso y violación en la prestación de este servicio, elevando las multas.

“Solo dos de los asuntos jurisdiccionales que debe atender la Entidad, involucran la salud del usuario, los otros cinco son temas económicos que tienen que ver con facturas o pagos de licencias, que podrían resolver los jueces”.

Otras acciones

También se modifica los términos para decidir en la función jurisdiccional, contemplando estándares de calidad científica y jurídica, que le permitan a la Súper, emitir sentencias responsables con la sostenibilidad financiera del sector y con la eficiencia del gasto público, acordes con principios como el de universalidad sin dejar de lado la protección del derecho a la salud.

De acuerdo a lo anterior, la nueva ley contempla que en 20 días se resolverán demandas sobre negación de cobertura del Plan de Beneficios en Salud -PBS, conflictos de multiafiliación, de libre elección y movilidad, y prestaciones excluidas del PBS. En 60, lo que tiene que ver con reembolsos económicos y gastos médicos y en 120 días, devoluciones y glosas.

“Con el fortalecimiento de la capacidad sancionatoria de la Supersalud, la modificación de los términos para decidir en la función jurisdiccional y el reenfoque de las facultades como juez de la salud en los asuntos técnicos y no en los administrativos, la Superintendencia contará con las herramientas necesarias para que quienes atentan contra los recursos de la salud no lo sigan haciendo”, puntualizó el superintendente Aristizábal Ángel.