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"Se está abriendo paso a la protección de los violadores": ICBF

La directora del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF), Cristina Plazas, señaló que el fallo de la Corte Constitucional, en el que se asegura que quienes cometen delitos sexuales contra niños pueden redimir parte de su pena con estudio o trabajo, es una puerta de entrada para proteger a violadores de menores.
17 Mar 2016 - 8:04 COT por Ecos del Combeima

"Hace unos meses expresaba mi preocupación de que en Colombia se estaba abriendo paso a la protección de los violadores de niños. ¡Hoy se confirma!", dijo Plazas en su cuenta de Twitter.

El fallo de la Corte se dio tras revisar una sentencia de la Corte Suprema de Justicia que iba en ese mismo sentido. Según el alto tribunal, la redención de pena es un derecho, una garantía mínima para quienes son condenados, y no un beneficio. Este derecho, dice la Corte Constitucional, se mantiene aún en los casos de responsables de abusos y violencia contra menores.

Ante uno de los argumentos de la Corte para avalar la redención de la condena, en el que expone que la resocialización es un fin prevalente de la pena, Plazas aseguró: "No nos equivoquemos. Los violadores de niños son los peores criminales de la historia. No hay acto más atroz, inhumano y cruel".

Plazas insistió en que en Colombia se debería contemplar "la importancia de la cadena perpetua para violadores" y aseguró que "cualquier castigo es poco para estos criminales".

Esta posición es distinta a la de la Corte, que establece que "las personas no pueden ser usadas como ejemplos", es decir, “no se les pueden imponer penas ejemplificantes con el propósito de prevenir que otros cometan los mismos delitos”.

Plazas también afirmó: "Según la Constitución, los derechos de los niños priman". El fallo de la Corte mantiene la prevalencia de los derechos de los niños. Sin embargo, asegura que la prohibición del Código de Infancia y Adolescencia, que indica que los violadores de niños no pueden redimir pena, enfrentado a un artículo del Código Penitenciario y Carcelario del 2014 que establece que la redención es un derecho, no son contrarios sino que deben "armonizarse". Esto bajo el entendido, dice la Corte, de que hay otras instancias de protección para los niños.

Durante el proceso, Plazas había solicitado directamente revocar la decisión en la que se les permitía a los responsables de delitos contra niños redimir pena, considerando que el fallo “menoscaba la protección que el ordenamiento jurídico colombiano le otorga de manera prevalente a los niños, niñas y adolescentes, víctimas de delitos graves que atentan contra la libertad, integridad y formación sexuales”.

Además, para Plazas la sentencia es problemática porque "por ser un fallo de un alto tribunal se constituye un referente de actuación frente a casos similiares que se conozcan en las instancias judiciales”.

Plazas también afirmó: "El derecho de la redención de pena no puede entenderse de manera absoluta y aislada de las disposiciones constitucionales y legales que consagran el marco de protección integral de los infantes, el cual prohíbe de manera expresa conceder beneficios judiciales o administrativos cuando se trata de delitos cometidos contra la libertad, integridad y formación sexuales de niños, niñas y adolescentes”.

'La Corte leyó al revés la Constitución': exmagistrado

El expresidente de la Corte Constitucional, José Gregorio Hernández, aseguró que en este fallo el alto tribunal "leyó al revés la Constitución al darle beneficios a los violadores".

Dijo que cuando la Corte "concede una tutela a un delincuente condenado a ocho años de prisión por abuso sexual contra un menor de 14 años, está leyendo la Constitución al revés, ya que hace prevalecer un supuesto derecho del delincuente sobre los derechos de los niños".

“Con todo respeto, es una decisión muy grave, en un país en que todos los días se cometen delitos atroces contra los niños. Hace pocos días fue violada y asesinada una niña en Villeta. Y otra en Santa Rosa (Bolívar), y los casos se multiplican”, afirmó Hernández.

También dijo que el fallo va en contra del artículo 44 de la Constitución que asegura que "los niños deben ser protegidos contra toda forma de violencia física o moral o abuso sexual, por lo que se deben poner penas drásticas y prevalecer los derechos de los menores sobre los derechos de los demás".

Agregó que estos casos se deben tratar con mayor severidad, teniendo en cuenta que "esta clase de delincuentes no se resocializan, ni están dispuestos a renunciar a su irrefrenable tendencia a la violación sexual y al crimen. El violador no puede salir pronto de la cárcel o volverá a ser una amenaza para los niños y su dignidad”, dijo.

Tomado de El Tiempo (ver nota original)