Por revisión vía 'fast track', se aprueba reforma que creó las curules de paz
Con votación unánime de 8 - 0, la Sala Plena de la Corte Constitucional aprobó y dio vía libre a la ley que creó las 16 curules de paz para las víctimas del conflicto armado y que se dio posterior a la revisión de fondo vía ‘fast track’ al Acto Legislativo 02 de 2022, el cual permite a las víctimas tener un puesto en el Congreso para los periodos comprendido entre 2022 y 2030.
Es de anotar que, la sentencia fue aprobada por el presidente Iván Duque después de un fallo de tutela del Alto Tribunal que le da voz a las víctimas y a los representantes de comunidades del Chocó, Cauca, Nariño, Catatumbo, Guaviare, Cesar y Urabá.
Así mismo, la Corte Constitucional advirtió que estas curules aplican para las víctimas reales del conflicto armado interno y no solo para aquellas que se encuentren certificadas por la Unidad para la Atención y la Reparación Integral a las Víctimas (UARIV).
La tutela que fue presentada por el senador Roy Barreras, autor del proyecto de ley que surge en cumplimiento de la firma de los Acuerdos de Paz, fue avalada, teniendo en cuenta que la Corte concluyó que si se presentó mayoría en las votaciones del Congreso para aprobar los puestos para las víctimas.
A su vez, el Alto Tribunal tomó como referencia el fallo que definió la manera como se deben contabilizar las mayorías en el Congreso en el que se deberán descontar el número de integrantes de las sillas vacías y los impedimentos aceptados y además, le dio vía libre a la Ley Estatutaria de la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP).
El acto legislativo dice que se entiende como organizaciones sociales con aval para lanzar candidatos, aquellas que demuestren su existencia en el territorio de la circunscripción, mediante personería jurídica reconocido al menos cinco años antes de la elección o por acreditación ante la autoridad electoral competente