Fiscalía revela el nombre de quién habría disparado contra Santiago Murillo
Desde el pasado 1 de mayo la Fiscalía General de la Nación viene adelantando las respectivas investigaciones acerca del asesinato de Santiago Murillo, un jóven de 19 años que transitaba por la Calle 60 de la ciudad de Ibagué y fue alcanzado por un proyectil de arma de fuego en el marco de las manifestaciones que se adelantan en todo el territorio nacional desde el pasado 28 de abril.
Según las declaraciones de la representante de la Fiscalía, Carolina Arciniegas en la audiencia que se adelanta en el Juzgado Octavo Penal Municipal con Función de Control de Garantías, el joven transitaba sin ninguna compañía, "Por el carril bajando hacia el Norte de la ciudad se aprecia unas tres a cinco personas que se desplazaban hacia la marcha y una persona de sexo masculino que se movilizaba solo, caminando despacio, por la cera peatonal del carril bajando antes referido, en ese momento y cuando esta persona inicia el cruce del primer segmento del puente de la calle 60 sentido bajando hacia el Norte se observa que este es impactado en su cuerpo sobre el lado izquierdo por un proyectil de arma de fuego, este corre y se desploma a unos tres metros aproximadamente".
El Mayor Molano quien se ubicaba a unos 80 metros del lugar, según la Fiscalía disparó en contra de la humanidad del joven sin que este representara alguna amenaza, motivo por el que las personas cercanas al lugar al escuhar la detonación, increpan al uniformado y demás oficiales, para que ayuden al lesionado, situación que es desatendida, motivo por el que los testigos deben trasladar a la victima con ayuda de un motociclista al centro médico más cercano, en el que tras 28 minutos de trabajo arduo y diligente, el joven no resiste.
Posteriormente, el 2 de mayo alrededor de las 12:47 p.m. el Mayor Molano y el Teniente Andrés Parra se presentan en las instalaciones de la Fiscalía General de la Nación. Cabe destacar, que el pasado 11 de mayo de 2021 el juzgado Penal Militar ordenó la captura de los antes mencionados pero a la fecha ni en la justicia penal militar, ni en la justicia ordinaria se ha generado acusación en contra de los procesados, acotó Carolina Arciniegas.
Entre tanto la Fiscalía considera que el proceso debe seguir siendo llevado por la jurisdicción ordinaria, siendo impulsada por el ente acusador y juzgada eventualmente por un juez de la república adscrito a la rama judicial.
Lo anterior, enmarcado en el cumplimiento de la vida como derecho fundamental e inviolable; bajo el artículo 2, se establece también que las autoridades de la República están instituidas para proteger a todas las personas residentes en Colombia, en su vida, honra, bienes, creencias, y demás derechos y libertades, y para asegurar el cumplimiento de los deberes sociales del Estado y de los particulares y aunado a lo anterior, la protesta social se considera un derecho constitucuonal y bajo este ámbito debe ser respetado.