Tribunal Administrativo del Tolima ordena al Concejo realizar la elección de un nuevo personero
El Tribunal Administrativo del Tolima declaró la nulidad de la elección de Wilson Prada como personero de Ibagué. Según el alto tribunal, el Concejo adelantó la convocatoria con la Corporación Centro de Consultoría y Edición Socioeconómica –CCIES en la que se violaron las normas que rige este tipo de elecciones.
Ahora se deberá iniciar desde cero un nuevo proceso, lo que queda claro es que la historia se repite en Ibagué, nuevamente la capital del Tolima se queda sin personero en propiedad. (Documento).
Argumento:
“Se probó que esta entidad funge como una de naturaleza sin ánimo de lucro y en su objeto social (Certificado de Existencia y Representación legal expedida el 11 de enero de 2020 visible en folio 255), no se incluye el de ser una entidad o institución de educación superior pública o privada ni ser una entidad especializada incumpliendo las determinaciones procesales establecidas legalmente en el artículo 2.2.27.1 del Decreto 1083 de 2015 que regula el concurso público de méritos para la elección de personeros municipales, luego es evidente que la elección de Wilson Prada Castro como Personero municipal de Ibagué está viciada de nulidad, puesto que el concurso se realizó por una corporación no idónea para el efecto”, dice la sentencia.
Hay que recordar que desde el inicio esta convocatoria generó polémica, en su momento el presidente del Concejo, Juan Pablo Salazar, defendió el hecho de traer de la nada una institución de Villavicencio, situación que fue duramente cuestionada por parte de la clase política de la región.
Luego en medio del trascurrir de la convocatoria, se conocieron voces que indicaban que el proceso estaba viciado, que se estaban violando las normas pero la mesa directiva hizo caso omiso a los llamados de atención.
Ahora en los mentideros políticos se preguntan si existirá algún tipo de acción de repetición contra Salazar, el ex concejal hoy funge como director de justicia de la Alcaldía de Ibagué.
Dato: El demandante en este caso fue la Procuraduría 27 Judicial para Asuntos Administrativos del Tolima.