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ATENCIÓN: Suspenden licencia ambiental de la Mina Apone en Ataco

De acuerdo con Guillermo Hinestrosa ahora el Ministerio del Interior deberá determinar si existe o no, una comunidad indígena en la zona de injerencia del proyecto.
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Tomada de Internet
28 Sep 2020 - 13:19 COT por Ecos del Combeima

Uno de los proyectos polémicos en el Tolima es en el sur del Tolima, en la Mina Apone del municipio de Ataco, el cual recibió licenciamiento ambiental en diciembre de 2019, bajo la dirección de Jorge Enrique Cardoso, exdirector de Cortolima. 

Dicha licencia fue entregada a la empresa Agreados Ingecol y Construcciones S.A.S., para realizar operaciones a cielo abierto en la Vereda Apone del municipio de Ataco. 

En las últimas horas, el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Neiva Sala Sexta de Decisión de Asuntos Penales para Adolescentes, tomó una decisión ante este proyecto minero. 

“REVOCAR la sentencia proferida el 14 de agosto de 2020 por el Juzgado Primero Penal del Circuito para Adolescentes con Función de Conocimiento de Neiva, la que quedará así:

«PRIMERO: TUTELAR los derechos fundamentales a la entidad étnica y cultural y debido proceso administrativo de la comunidad indígena Pijao Calapicá Ambulu».

“SEGUNDO: ORDENAR la suspensión de los efectos de la licencia ambiental contenida en la Resolución 4416 de 12 de diciembre de 2019 expedida por CORTOLIMA, hasta tanto el Ministerio del Interior a través del Dirección de Consulta Previa, en el término máximo de dos (2) meses contados a partir de la notificación de esta decisión, realice una visita de verificación a través de la cual establezca la existencia de la citada comunidad indígena y su ubicación en el plano de la realidad, y si ésta se encuentra en el área de influencia y afectación de licencia ambiental y título minero otorgado a la Sociedad AGREGADOS INGEOCOL Y CONTRUCCIONES S.A.S. para la exploración y explotación de un yacimiento de minerales de oro y sus concentrados, en las veredas de «Ambulu y Balsilla»; asimismo determine la localización, extensión, población y demás aspectos geográficos que resulten relevantes de la comunidad indígena, así como los usos, costumbres, tradiciones, medios de subsistencia y demás elementos sociales, económicos y culturales relevantes de tales comunidades, teniendo en cuenta el concepto amplio de territorio y el nivel de afectación directa con ocasión de la licencia ambiental y si es necesario, el inicio del proceso de consulta previa, salvaguardando el debido proceso.”

Determinación Tribunal Superior Judicial de Neiva

Guillermo Hinestrosa, ex gerente Nacional de Presta Ya del Banco Popular, ex regional del Tolima del Banco Popular y columnista de END, entregó detalles de la determinación. 

“Estamos protegiendo el medio ambiente del Tolima, es inconcebible que se haya pretendido montar una Mina de Oro sobre el lecho del Río Saldaña y en este corresponde al fallo en segunda instancia que profirió el Triubunal del departamento del Huila, protegiendo los derechos de la comunidad”. 

A su vez Hinestrosa reveló que no se realizó una socialización con la comunidad que viven en inmediaciones del área, lo cual hace parte del trámite para otorgar dichas licencias de exploración minera. 

“No fue consultada para la expedición de la licencia ambiental como lo ordena el marco constitucional y legal de estas licencias ambientales, es un gran parte de éxito para la protección del Río Saldaña que no solo impacta a la comunidad indígena, sino que impacta el agua, donde recordemos que el Río Saldaña es el 50% de agua del Tolima”. 

Por su parte, enfatizó en que se “logró demostrar es que hay comunidades indígenas que están bastante cerca, sacan de agua y pescan y usan el Río estando a un kilómetro del polígono minero”. 

Finalmente, señaló que continúa el proceso, por ahora se suspende, sin embargo, deben realizarse con el debido proceso. 

“Exigimos que se cumpla el marco legal de la Constitución y la Ley para la explotación minera y todo, que no se haga el capricho de personas con interés económico”.

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