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Corte Suprema confirma condena contra la excongresista Aída Merlano por violación de topes de campaña

El fallo revela que en un allanamiento a la sede de campaña de Aída Merlano, en marzo de 2018, se hallaron documentos y giros que evidencian una red de financiamiento oculta para su aspiración electoral.
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Tomada de Internet
6 Nov 2024 - 16:22 COT por Ecos del Combeima

La Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia ratificó esta tarde la condena impuesta a la excongresista Aída Merlano Rebolledo por violar los límites de gastos en su campaña electoral al Senado en 2018. La condena original, dictada el 2 de noviembre de 2022 por la Sala Especial de Primera Instancia, establece una pena de cinco años y seis meses de prisión, interdicción para ejercer derechos y funciones públicas, y una multa de $3.430.048.837.

La Corte Suprema, mediante ponencia del magistrado Gerson Chaverra Castro, desestimó los argumentos de la defensa y concluyó que las pruebas recolectadas demuestran un flujo ilegal de recursos hacia la campaña de Merlano. Según el expediente, los recursos económicos, provenientes de transacciones financieras de los hermanos Gerlein Echeverría, se destinaron a financiar la candidatura de Merlano al Senado, superando significativamente los límites de financiación permitidos por el Consejo Nacional Electoral (CNE).

El fallo especifica que durante un allanamiento en marzo de 2018 a la sede de la campaña de Merlano se encontraron documentos y comprobantes de giros que evidencian una red de financiación oculta, orientada a beneficiar su aspiración electoral. Estos documentos revelaron la entrega de dinero a personas relacionadas con su equipo de campaña, en un intento por ocultar los gastos reales ante las autoridades.

La Corte resaltó que la operación de los giros financieros se desarrolló en secreto, evitando tanto el control de las autoridades como la rendición de cuentas sobre los recursos manejados. Esta práctica, según el fallo, afectó los principios de igualdad y pluralismo político que deben regir los procesos electorales en el país.

Con esta decisión, la Corte Suprema mantiene firme la sentencia contra Merlano, subrayando que la violación de los límites de gasto electoral constituye una transgresión grave al sistema democrático y a los valores constitucionales que deben proteger la equidad en las campañas políticas.