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Corte Constitucional estudiará ponencia que tumba la reforma pensional

El escrito fue presentado por el magistrado Jorge Enrique Ibáñez, y será debatido por la sala plena del tribunal. Mientras que el Gobierno alista reglamentación.
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Gloroa Inés Rampirez, ministra de Trabajo, Jorge Enrique Ibáñez, magistrado Corte Constitucional.
Crédito
MEC
18 Feb 2025 - 7:27 COT por Alfonso Aya Roa

Esta semana la Corte Constitucional podría tomar una decisión sobre la exequibilidad o no de la ley de reforma pensional que fue aprobada en junio del año pasado por el Congreso.

El magistrado Jorge Enrique Ibáñez, presentó a consideración de la sala plena del tribunal ponencia negativa a la ley de reforma pensional por vicios de trámite en la Cámara de Representantes.

Se conoció que la ponencia negativa fue presentada el pasado viernes por el magistrado Ibáñez en medio de altas medidas de seguridad.

Según el documento, se establece que el proyecto de origen gubernamental y que fue discutido por el Congreso en el primer semestre de 2024 no tuvo el suficiente debate en la plenaria de la Cámara de Representantes en donde se decidió adoptar el texto que había sido aprobado por el Senado.

Es decir la sesión plenaria de la Cámara ‘pupitreó’ el proyecto de ley, sin dar el debate que se requería en la Corporación.

Desde el mismo momento en que fue aprobada la reforma pensional, parlamentarios como Jennifer Pedraza, Katherine Miranda, Juan Espinal, Carolina Arbeláez, y Hernán Cadavid, denunciaron que no hubo el suficiente debate de la iniciativa gubernamental para que la plenaria aprobara o negara la iniciativa.

Igualmente se presentaron demandas de nulidad ante la Corte Constitucional, por parte de congresistas y particulares.

 

Gobierno alista reglamentación

Paralelo a esta situación, el Ministerio del Trabajo anunció que presentará el borrador del decreto reglamentario de la reforma pensional.

El documento del MinTrabajo contiene aspectos clave con las condiciones de la Renta Básica Solidaria del Pilar Solidario a cargo del DPS y la Renta Vitalicia del Pilar Semicontributivo a cargo de Colpensiones, que permitirán conocer el monto a recibir por renta y cómo liquidar el beneficio económico. 

“La reglamentación de la Reforma Pensional es una realidad y ha contado con la participación de los diferentes actores del Sistema de Protección Integral para la Vejez, con el liderazgo de los Ministerios de Trabajo, Hacienda, Salud, Colpensiones, el DPS, la Unidad de Reglamentación Fiscal, URF; la Superintendencia Financiera y la Unidad de Gestión Pensional y Parafiscales, UGPP y es fruto de los acuerdos logrados durante las discusiones en las Mesas Técnicas entre los diversos participantes del sistema, quienes contribuyeron con sus aportes al desarrollo de este decreto”, señaló la ministra del Trabajo, Gloria Inés Ramírez Ríos. 

El bosquejo fija las reglas para la afiliación al Sistema y la selección de Administradora de Componente Complementario de Ahorro Individual, ACCAI, así como los tiempos computables para el reconocimiento de pensiones. 

Aclara que si un empleador incumplió con los aportes a pensión, el cobro lo harán: las Administradoras del Componente Complementario de Ahorro Individual, ACCAI y Colpensiones.

Un punto fundamental de la reglamentación son las dos figuras del Pilar Contributivo que contempla: el Bono Ley 2381 que sirve para conformar el capital con el que Colpensiones pagará la pensión; y completar las semanas de cotización a través del sistema de equivalencias. 

Así mismo, incluye disposiciones generales del Fondo de Ahorro del Pilar Contributivo que permitirá:  contribuir al ahorro colectivo y público de la Nación y a garantizar la sostenibilidad del sistema.

Contiene el desarrollo de la prestación anticipada de vejez para quienes a la edad de jubilación completen 1.000 semanas de cotización, así como la fórmula de su liquidación, la cual no podrá ser inferior a 1 salario mínimo legal vigente. 

Regula la disminución progresiva del número mínimo de semanas exigido para el reconocimiento de la pensión integral de vejez de las mujeres afiliadas al Sistema de Protección Social Integral para la Vejez, Invalidez y Muerte de origen común.

La contratación del seguro previsional fija los lineamientos para el cubrimiento de los riesgos de invalidez, muerte e incapacidades temporales que están a cargo del Componente de Prima Media conforme con las disposiciones estipuladas en la Ley 2381 de 2024. La contratación de este seguro será bajo la modalidad de aviso.

Sobre las comisiones destaca una reducción gradual sobre la comisión a los aportes de los afiliados al nuevo sistema en el componente de ahorro individual, empezando en 0.8 % en el año 2025 y llegando a 0 % en 20 años.

Se constituye una comisión sobre los saldos que a 30 de junio de 2025 las Administradoras de Fondos de Pensiones, AFP de las personas que actualmente están el RAIS y pasan al nuevo sistema de protección para la vejez, la cual inicia en 0.55 % con incrementos escalonados del 0.05 % cada 5 años, logrando llegar a una reducción cercana al 50 % frente al valor de esta comisión en los próximos 15 años.