Tribunal Administrativo del Tolima anula elección del diputado Juan Guillermo Beltrán por inhabilidad electoral
El Tribunal Administrativo del Tolima declaró la nulidad de la elección de Juan Guillermo Beltrán Amórtegui como diputado de la Asamblea Departamental del Tolima para el período 2024-2027. La decisión, emitida el 10 de diciembre de 2024, responde a la demanda presentada por José Osbaldo Elías Martínez Fajardo, quien alegó que Beltrán estaba inhabilitado debido a un vínculo de parentesco que contravenía la ley electoral.
El tribunal concluyó que Beltrán estaba inhabilitado al momento de su elección, según lo estipulado en el numeral 6 del artículo 49 de la Ley 2200 de 2022. Dicha norma prohíbe que personas vinculadas por parentesco cercano se inscriban como candidatos por el mismo partido político para elecciones celebradas en el mismo departamento y en la misma fecha.
En este caso, se comprobó que Juan Guillermo Beltrán, candidato por el partido Cambio Radical, mantenía una relación de unión marital de hecho con Adriana Paola Rondón García, hermana de Juan Enrique Rondón García, quien fue elegido alcalde de Honda en las mismas elecciones, también por Cambio Radical. Este parentesco en segundo grado de afinidad constituyó la causal de inhabilidad.
Beltrán sostuvo que su relación con Adriana Paola Rondón había terminado antes de la inscripción de su candidatura y que, por lo tanto, no existía vínculo que configurara la inhabilidad. Sin embargo, el tribunal desestimó esta defensa al considerar que las pruebas presentadas, como declaraciones extrajuicio y registros de seguridad social, evidenciaban que la relación seguía vigente para el momento de las elecciones.
Además, la defensa argumentó que la inscripción de los candidatos se realizó bajo coaliciones de partidos y no exclusivamente por Cambio Radical, lo que supuestamente excluía la causal de inhabilidad. Sin embargo, el tribunal determinó que el partido principal que avaló ambas candidaturas era el mismo, lo cual era suficiente para configurar la causal.
Como consecuencia de la nulidad, el tribunal ordenó la cancelación de la credencial de Juan Guillermo Beltrán y estableció que el cargo deberá ser ocupado por el siguiente candidato en votación dentro de la misma lista.
Esta decisión busca reforzar la transparencia y la moralidad en los procesos electorales, combatiendo el nepotismo y las prácticas que favorecen la concentración del poder político en clanes familiares, en línea con el principio constitucional de igualdad en el acceso a los cargos públicos.
Se espera que el fallo sea apelado ante el Consejo de Estado, que tendrá la última palabra sobre la legalidad de la elección. Entretanto, la Asamblea Departamental del Tolima deberá continuar sus labores con un integrante menos hasta que se defina quién ocupará el escaño vacante.